MIFID II: La fecha límite para comunicar la trasposición de MIFID II era el 3 de julio de 2016, aunque luego fue prorrogada un año, hasta el 3 de julio de 2017. La legislación establece normas de conducta armonizadas para las empresas que ofrecen servicios de inversión. Aquí se incluyen los incentivos, los requisitos de información y las normas de gobernanza de los productos. También faltaría por trasponer una directiva delegada que complementa a MIFID II, con fecha límite del 7 de abril de 2016, que endurece las normas sobre honorarios, comisiones y beneficios que obtienen las empresas de inversión cuando venden productos a sus clientes.
La MIFID II solo ha sido traspuesta parcialmente, en su parte de mercados, mediante un decreto ley del pasado 29 de diciembre. Según indica una portavoz del Ministerio de Economía, «el resto de la norma se está tramitando como un anteproyecto de ley que se remitirá a Cortes presumiblemente en el primer trimestre del año».
CRD IV: Sobre la CRD IV, la directiva sobre requisitos de capital, la fecha máxima para comunicar la trasposición era el 31 de diciembre de 2013. Según afirma la Comisión Europea en un comunicado, «hasta la fecha, España no ha aplicado plenamente estas normas de la UE y todavía faltan algunas disposiciones en el ordenamiento jurídico nacional».
Las disposiciones que faltan regulan las facultades de las autoridades competentes, las sanciones administrativas por infracciones graves en la lucha contra el blanqueo de capitales y los mecanismos de denuncia de infracciones y normas sobre la integridad y la independencia de los miembros del órgano de dirección.
El Ministerio de Economía responde que esta directiva está traspuesta en su práctica totalidad y que «se está trabajando para que las pocas cuestiones que restan para la transposición total de dichas normas se hagan dentro del primer semestre de 2018».
UCITS: Por último, también falta adaptar la legislación nacional con la directiva que regula el funcionamiento de los UCITS. Estos son vehículos de inversión creados con el único objeto de reunir activos de inversores y a continuación reinvertirlos en un conjunto diversificado de activos.
En este caso la Comisión pide a España que ponga en marcha disposiciones que aclaren las políticas de remuneración para los gestores de los UCITS y procedimientos relativos a las infracciones de las normas establecidas por la Directiva.
Desde el Ministerio de Economía matizan que esta directiva «ha sido incorporada en su mayor parte a nuestro ordenamiento jurídico» y que «las pocas cuestiones que restan para la transposición total de dicha norma» se harán «dentro del primer semestre de 2018».
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