En términos tecnológicos, 2011 puede resultar un pasado remoto. Así lo ha considerado el Tribunal Supremo, que ese año estableció que las nóminas deben comunicarse en papel y no por correo electrónico, pero que en el arranque de 2017 ha considerado «necesario» cambiar su jurisprudencia: las empresas sí podrán comunicar las nóminas de forma digital.
En una sentencia comunicada este miércoles, la Sala de lo Social argumenta que «el cambio de soporte no supone perjuicio ni molestia alguna para el trabajador», ni puede considerarse gravoso para éste ya que, si quiere copia de la nómina en papel, «sólo debe dar la orden de imprimir en el ordenador y esperar unos segundos a que la impresión se efectúe». El Alto Tribunal modifica así la doctrina que plasmó en una sentencia de diciembre de 2011 referida a la empresa Air Europa. En esa ocasión el TS defendió que la previsión legal era la entrega material en soporte papel de las nóminas.
El Supremo explica que ha cambiado el criterio «a la vista del tiempo transcurrido desde que se dictó la misma y de la generalización de la utilización del soporte informático en lugar del soporte papel para almacenar y comunicar datos, documentos, decisiones…utilizado profusamente tanto en el ámbito privado como en la Administración Pública». La sentencia del Supremo rechaza el recurso de USO de Asturias, que pedía anular la decisión de la empresa Transportes Unidos de Asturias (avalada por el Tribunal Superior de Justicia del Principado) de comunicar a los trabajadores la nómina a través de soporte informático en lugar de, como se había realizado siempre, en papel.
Hasta febrero de 2013, la empresa introducía la nómina en los buzones individuales de cada trabajador. A partir de esa fecha, pasó a incluir las nóminas en la cuenta personal de cada trabajador, a la que éstos podían acceder mediante un terminal informático situado junto a los buzones introduciendo su DNI y clave de acceso personal. El sindicato alegó que no se estaba cumpliendo el Estatuto de los Trabajadores y de la Orden del Ministerio de Trabajo de 1994 que aprobó el modelo de recibo individual justificativo del pago de salarios, al entender que la empresa no podía sustituir de forma unilateral la práctica que de forma inveterada se había venido siguiendo de entrega a los trabajadores de los recibos de salarios o nóminas directamente en papel, por la nueva posibilidad del uso de la informática.
Powered by WPeMatico