Un juzgado de Granollers condena a BBVA a devolver los costes de formalización del préstamo amparándose en una sentencia del Supremo. El fallo emitido por la Corte de Luxemburgo sobre las cláusulas suelo está animando a los consumidores a presentar demandas contra cualquier tipo de cláusula abusiva aplicada por la banca en las hipotecas, amparándose en una sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015 contra BBVA y Popular que hasta ahora se había invocado con cuentagotas. Hace un año declaró nula por abusiva cualquier disposición fijada en una hipoteca que haga recaer en el cliente de manera exclusiva la totalidad del pago de estos cargos, que suelen representar entre el 2% y el 3% del importe del préstamo. Es decir, unos 3.100 euros en el caso de una hipoteca tipo de 150.000 euros.
El juzgado de primera instancia número 6 de Granollers (Barcelona), en un auto conocido ayer, ha condenado a BBVA a devolver a una vecina de Cardedeu que tenía suscrita una hipoteca con CatalunyaCaixa -la caja fue absorbida por el grupo-todos los gastos de formalización de dicho préstamo, que en este caso se elevan a 3.371 euros. Incluyen la minuta de la notaría, la inscripción en el Registro de la Propiedad y el pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados. «No está acreditado que la cláusula se discutiera con el consumidor y, por tanto, se impuso unilateralmente», dice el fallo. También ordena la restitución de todos los intereses cobrados de más, ya que el contrato fijaba un tipo mínimo del 3,5%, independientemente de cuál fuera la evolución del euribor. Es decir, tenía cláusula suelo.
El juez se apoya en la nueva doctrina del Supremo, que esgrime que «quien tiene el interés principal en elevar a escritura pública el préstamo con garantía hipotecaria es el prestamista, que es quien recibe el título ejecutivo acreditativo». Basándose en este argumento, entiende que debe producirse «una mínima reciprocidad en la distribución de los gastos». BBVA todavía no ha decidido si va a recurrir el fallo. No obstante, desde la sentencia del Supremo ha eliminado esta cláusula de todas sus hipotecas de nueva constitución.
Según la OCU, existen más de seis millones de hipotecas en vigor afectadas. Al cabo del año, los costes de formalización se elevan a 450 millones de euros, según los cálculos de esta organización. La práctica habitual en España es que la entidad financiera traslade de manera tácita todo el coste del papeleo administrativo al cliente sin que éste se suela oponer. Sin embargo, no todos los préstamos recogen esta especificidad en el redactado del contrato.
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