La guía técnica sobre las comisiones de auditoria ha visto la luz. El martes, el consejo de CNMV aprobó el texto. Se trata de una las iniciativas anunciadas por Sebastián Albella en febrero. El objetivo que persigue este documento es servir de orientación y aclarar dudas sobre el funcionamiento de la comisión de auditoría. Es decir, no es de obligado cumplimiento, sino que se limita a recoger una serie de recomendaciones que el regulador tiene en cuenta en su posterior labor de supervisión.
La entrada en vigor de la nueva Ley de Auditoría de Cuentas extendió la obligación de contar con comisión de auditoría no solo a las cotizadas sino también a las entidades de interés público (determinadas entidades financieras o empresas no financieras con más de 4.000 empleados y más de 2.000 millones de cifra de negocio) y atribuye la supervisión de esta a la CNMV. El objetivo es reforzar la independencia de los miembros de la comisión.
El texto aprobado consta de dos partes. La primera contiene un conjunto de principios (responsabilidad, actitud crítica, diálogo entre sus miembros y con la auditoría interna, el auditor de cuentas y la dirección, así como la capacidad de análisis con la posibilidad de recurrir a expertos). Esto se completa con una serie de recomendaciones de diversa índole.
La primera de ellas hace referencia a la composición de la comisión que debe seguir los criterios de diversidad, nombramiento y formación. El regulador aconseja que existan una variedad de perfiles con el objetivo de favorecer la actitud crítica e independiente. También se recomienda que los miembros de los órganos dispongan de conocimientos sobre el sector.
La segunda recomendación tiene que ver con el funcionamiento. La CNMV cree que son necesarias un mínimo de cuatro reuniones anuales en las que no debería asistir de manera continuada los consejeros ejecutivos ni el presidente de la firma. En caso de que sí acuda será necesaria una invitación del presidente de la comisión y los temas a tratar serán los específicos del orden del día. Como complemento, el regulador aconseja las remuneraciones de los miembros de la comisión que ha de ser suficiente para garantizar la independencia.
A todo lo anterior se suma el establecimiento de un sistema que permita comunicar las irregularidades, la revisión de los estados financieros y se establecen los criterios para las relaciones con el auditor, incluyendo aquí el proceso de selección y propuesta de nombramiento. La comisión de auditoria deberá rendir cuentas a la empresa con la elaboración de un informa anual que se presentará a la junta general ordinaria.
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