El pasado sábado, el último BOE del año publicó hasta siete reales decretos con medidas fiscales que suman más de 1.000 páginas con cambios tributarios. Sin embargo, no se incluyó la ya tradicional prórroga anual del impuesto sobre el patrimonio. Así, 1 de enero de 2018 desapareció virtualmente el impuesto sobre el patrimonio en España. Eso dice la legislación vigente. Los contribuyentes afectados por este tributo no deben cantar victoria. Hacienda tiene margen para rectificar. El impuesto sobre el patrimonio es un tributo que se suprimió en 2008 y que se recuperó con carácter “temporal” a partir de 2013.
Desde entonces, cada año, Hacienda ha pospuesto su eliminación en los Presupuestos Generales correspondientes y, si no se aprobaban las cuentas, a través de un real decreto en diciembre. Así se hizo, por ejemplo, para el ejercicio 2017. Sin embargo, para 2018, nada de esto ha sucedido y el año ha empezado sin que se haya prorrogado el tributo. Hoy, la ley dice que desde el 1 de enero de 2018 el impuesto sobre el patrimonio está bonificado al 100% en toda España y nadie debe pagarlo.
El impuesto sobre el patrimonio se declara anualmente en función de la riqueza del contribuyente a 31 de diciembre. Por ejemplo, la base imponible del impuesto sobre el patrimonio de 2017, que se declarará a partir del próximo 4 de abril, se compone de los bienes que estaban en posesión del contribuyente el pasado 31 de diciembre. Para el impuesto sobre el patrimonio de 2018, Hacienda aún tiene margen para aprobar la prórroga sin caer en la retroactividad. En cualquier caso, para la seguridad jurídica y la certidumbre que debería regir el sistema fiscal, resultaría positivo que los contribuyentes supieran ya si en 2018 deberán pagar o no el impuesto sobre el patrimonio. La idea del Ejecutivo de Mariano Rajoy es incluir la prórroga del impuesto sobre el patrimonio en los Presupuestos Generales que se aprobarán en la primera mitad del año si logran los apoyos parlamentarios suficientes. La llave la tiene el PNV.
El Gobierno de Mariano Rajoy también trabaja en la reforma del sistema de financiación, donde está previsto que se revise la fiscalidad patrimonial. El impuesto sobre el patrimonio y el impuesto sobre sucesiones y donaciones son tributos que van a la caja de las comunidades autónomas, que tienen una amplia competencia sobre ellos.
Con carácter general, el impuesto sobre el patrimonio se aplica sobre contribuyentes que poseen una riqueza neta superior a los 700.000 euros. Comunidades como Cataluña o Extremadura han rebajado el umbral a 500.000 euros y, Aragón, a 400.000 euros. Madrid es la única autonomía que ha optado por bonificar totalmente el impuesto, lo que significa que los contribuyentes madrileños no pagan el tributo. La comunidad deja de ingresar más de 600 millones por esta medida.
Los últimos datos de Hacienda, correspondientes a 2016, reflejan que las comunidades recaudaron 1.257 millones de euros por el impuesto sobre el patrimonio. De este importe, el 40% lo pagaron contribuyentes residentes en Cataluña. La Generalitat es, con diferencia, la administración que más recauda. Seguida de la Comunidad Valenciana (113 millones) y Andalucía (82 millones).
El comité de expertos para la reforma de la financiación autonómica, que entregó su informe en verano, se mostró dividido ante este tributo. Una parte de los 21 académicos que participaron de las reuniones entiende que el impuesto sobre el patrimonio debería suprimirse y recuerdan que no existe en la mayoría de países de la UE. Sin embargo, otros expertos alertan de que las comunidades no están en condiciones de perder fuentes de ingresos. Sí que existe cierto consenso en la necesidad de armonizar el tributo y fijar una base imponible homogénea en toda España y un mínimo exento amplio y común. La comisión también avaló en su informe que las comunidades que así lo deseen puedan bonificar totalmente el tributo, como hace hoy Madrid.
Todo indica que el impuesto sobre el patrimonio, que se introdujo por primera vez en España en 1977 bajo la premisa de que se trataba de un tributo excepcional y temporal se mantendrá en el sistema fiscal español al menos en el medio plazo. Respecto al impuesto sobre sucesiones, los expertos abogan por armonizarlo para reducir las diferencias actuales y fijar un tipo máximo y mínimo común.
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