A las sentencias que han anulado artículos clave de la Ley de Unidad de Mercado se unen los fallos que han validado la subasta de fármacos andaluza; al mismo tiempo, la regulación de farmacias se disgrega. El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado los artículos clave de la Ley de Unidad de Mercado, la norma estrella de la primera legislatura del Gobierno de Mariano Rajoy, que preveía eliminar las barreras empresariales entre comunidades. Lo ha hecho en sendas sentencias de junio y de octubre que avalan los recursos de la Generalitat de Cataluña y declaran inconstitucionales los artículos que regulan el principio de eficacia nacional, esto es, el mecanismo de reconocimiento mutuo entre comunidades, que constituía la esencia de la norma.
Fuentes del Ministerio de Economía han trasladado que «se buscan posibilidades para que se garantice la unidad de mercado por vías alternativas». Sin embargo, estos fallos del TC no son los primeros ataques que recibe la unidad de mercado de España. De hecho, se suman a otra sentencia del Alto Tribunal que ha avalado la legislación de Andalucía sobre selección competitiva de medicamentos para dispensación en oficina de farmacia contenido en el decreto-ley 3/2011 (las subastas andaluzas) que el Gobierno había impugnado y que, a juicio de juristas consultados, fracciona la unidad del mercado farmacéutico español, al permitir modelos diferentes de financiación pública de medicamentos en cada comunidad autónoma.
A estos fallos se suman las distintas normativas que están desarrollando algunas autonomías para contener el gasto farmacéutico en la crisis que también pueden afectar a la unidad de mercado.
De hecho, el Tribunal Constitucional ha avalado en dos sentencias de 2016 y 2017 la legislación de Andalucía sobre selección competitiva de medicamentos, las llamadas subastas andaluzas. Declara que las comunidades pueden realizar concursos públicos para seleccionar los medicamentos que serán dispensados en las oficinas de farmacia de su territorio cuando sean prescritos por principio activo. Esto implica la exclusión de este mercado de todos los medicamentos no seleccionados hasta la celebración del siguiente concurso. Se trata de una medida de ahorro del gasto farmacéutico que, según Alberto Dorrego, socio de Eversheds Nicea y letrado de las Cortes en excedencia, «fracciona la unidad del mercado farmacéutico al permitir modelos diferentes de financiación pública de medicamentos en cada comunidad y supone una nueva quiebra en la cohesión del Sistema Nacional de Salud y en el modelo regulatorio de intervención de precios y financiación pública de los medicamentos».
Tampoco contribuyen a armonizar el mercado interior las diferencias en la normativa en materia de farmacias. Y en la que regula el turismo rural y la economía colaborativa en la vivienda vacacional.
El Gobierno acaba de iniciar una reforma de urgencia del Acceso a la Abogacía ante el expediente que ha abierto la Comisión Europea por no adaptarse a la directiva de servicios de 2006. El Ejecutivo de Rajoy no consiguió sacar adelante la reforma de la Ley de Servicios y Colegios y trata de evitar el expediente comunitario con una reforma que mantiene el statu quo.
Desde Orbaneja Abogados, señalan que la dispersión normativa entre comunidades es una realidad y añaden que también es relevante en el campo impositivo.
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