En la Ley 2/2018 de 30 de Enero de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2018 en La Rioja, se equipara en algunas cuestiones el impuesto de donaciones al de sucesiones.
En el Impuesto de Sucesiones, se contempla una reducción del 99 % en adquisiciones de empresa individual.
En el Impuesto de Donaciones, se establece una deducción del 99% de la cuota tributaria derivadas de las adquisiciones intervivos de los sujetos pasivos incluidos en los grupos I y II de parentesco de los previstos en el artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones si la base liquidable es inferior o igual a 500.000 €. La deducción será del 98% para las bases liquidables que superen los 500.000 €. Será requisito que la donación se formalice en documento público.
Otra de las medidas a destacar es la nueva rebaja en la escala autónomica del IRPF, que supondrá que 107.598 declarantes riojanos se ahorrarán unos 4,4 millones de euros. El Impuesto de Patrimonio tendrá una bonificación autonómica del 75 % de la cuota.
En lo referente a deducciones en el IRPF es una nueva deducción de 100 euros mensuales por cada hijo de 0 a 3 años para familias que tengan su residencia o la trasladen a pequeños municipios de menos de 1.000 habitantes, siempre que la mantengan durante, al menos, tres años.
El Gobierno también aplicará una nueva deducción en el IRPF de hasta 600 euros anuales por cada hijo de 0 a 3 años matriculado en escuelas o centros infantiles durante un periodo mínimo de 6 meses de La Rioja que estén en municipios de menos de 100.000 habitantes.
Así mismo se establecen unas deducciones por gastos de acceso a internet, gastos por suministros de luz y gas de uso doméstico para jóvenes emancipados y por la adquisición de vehículos eléctricos nuevos.
Firmado: Pablo Lapeña Navajas.
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