La Comunidad de Madrid anunció este martes una importante batería de rebajas fiscales, entre las que destaca una bajada en el IRPF y en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones también para cuando éstas se produzcan entre familiares de tercer grado, esto es, entre tíos y sobrinos y entre hermanos, aunque en este caso se tratará de una bonificación parcial y no del 99% cuando se producen herencias entre padres e hijos.
El marginal mínimo del IRPF de Madrid bajará del 19% al 18,5%, con lo que será el más bajo de España en solitario y afectará a todos los contribuyentes de la Comunidad, según acaba de anunciar la presidenta, Cristina Cifuentes.
Asimismo, se contempla también la ampliación y mejora de deducciones en el impuesto, como la de acogimiento no remunerado de personas mayores de 65 años o personas con una discapacidad igual o menor al 33%, que se amplía de 900 a 1.500 euros
La rebaja en el IRPF se acompaña de nuevas deducciones, de una bajada en Sucesiones y Donaciones al 15% para hermanos y del 10% para tíos y sobrinos, ambas ‘inter vivos’ y ‘mortis causa’, y de una reducción de ITP y AJD de un 10% para la compra de vivienda habitual de precio inferior a 250.000 euros.
La rebaja total asciende a 125 millones, 160 millones si se tienen en cuenta las dos nuevas deducciones que lleva la Ley de Presupuestos de 2018. Estas medidas se empezarán a tramitar en un Anteproyecto de medidas fiscales de 2018 y entrarán en vigor cuando se apruebe la norma este año, muchas medidas entrarán en vigor en 2018, menos la rebaja del IRPF, que será efectiva a partir de 2019.
La comunidad se adelanta a la carrera de anuncios que se prevén de cara a las elecciones autonómicas que se van a celebrar en junio de 2019. Esta medida, además, puede atraer directivos cuyas empresas busquen regiones en la UE atractivas para establecerse tras el Brexit.
También destaca la exención de tributar por el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), el mismo tributo que grava entre otras operaciones la compra de vivienda usada, para todas las compraventas que se produzcan entre particulares por un valor inferior a 500 euros.
La medida no deja de ser meramente aclaratoria, y apenas se dejará sentir en los bolsillos de los ciudadanos. Y es que, aunque la Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda, tuvo que aclarar hace algunos meses que todas estas transacciones, que hoy se producen a través de plataformas en internet como Wallapop, eBay, Vibbo o Milanuncios, deben tributar un 4% por el impuesto de transmisiones patrimoniales, lo cierto es que en operaciones de pequeña cuantía nadie acude después de haber comprado cualquier producto en una de estas plataformas a pagar dicho impuesto. Y Hacienda es una práctica sobre la que no tiene suficientes recursos como para perseguir el fraude que se produce.
Así, cuando usted adquiere a otro particular cualquier objeto en internet, cuenta con un mes de plazo para acudir a la Agencia Tributaria y rellenar el formulario número 600 y abonar el 4% del importe pagado por el producto. La ley obliga a declarar la operación de reventa, aunque en su día ya se pagara el IVA durante la adquisición del mismo producto nuevo en cualquier clase de comercio.
El impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) existe hace décadas y suele aplicarse en operaciones tan frecuentes como es la venta de una vivienda usada o un coche de segunda mano. El comprador es quien debe pagar este impuesto, mientras al vendedor le corresponde por su parte declarar en el IRPF la plusvalía que ha generado la operación, si la hubiera. Hacienda gana en los dos casos.
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