Coincidiendo con la reciente entrada en vigor del nuevo Reglamento general de protección de datos (RGPD), que precede al que próximamente será aplicable a las instituciones de la Unión Europea, el Tribunal de Justicia ha decidido reforzar la protección de los datos de las personas físicas en el marco de las publicaciones relativas a los asuntos prejudiciales.
Al hacerlo, se suma a la tendencia, observada en los Estados miembros, a fortalecer la protección de los datos personales en un contexto marcado por la proliferación de herramientas de búsqueda y de difusión. La jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia refleja de hecho esta tendencia con un creciente número de sentencias dictadas en ese ámbito, sobre cuestiones como el derecho a la supresión de datos en los motores de búsqueda, la validez de la decisión de la Comisión por la que se declaraba que los Estados Unidos garantizan un adecuado nivel de protección de los datos personales transferidos, la validez del acuerdo sobre el PNR (Passenger Name Record data) entre la Unión Europea y Canadá, la responsabilidad de los administradores de páginas de fans en Facebook o incluso la licitud de la conservación de datos personales por los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas.
Así pues, con el fin de proteger los datos de las personas físicas implicadas en asuntos prejudiciales, garantizando al mismo tiempo la información de los ciudadanos y la publicidad de la Justicia, el Tribunal de Justicia ha decidido, respecto de todas las cuestiones prejudiciales planteadas a partir del 1 de julio de 2018, sustituir el nombre de las personas físicas implicadas en el asunto por unas iniciales en todos los documentos que publique. Será suprimido asimismo cualquier dato adicional que permita identificar a esas personas.
Estas nuevas orientaciones, que no afectan a las personas jurídicas y sobre las que el Tribunal de Justicia mantiene la posibilidad de establecer excepciones en caso de solicitud expresa de una parte o si las circunstancias concretas del asunto lo justifican, se aplicarán a todas las publicaciones que puedan realizarse a lo largo de la tramitación del asunto, desde su planteamiento hasta su conclusión (comunicaciones al Diario Oficial, conclusiones, sentencias…), así como a la denominación del asunto.
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