La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha confirmado que la nueva ley de lucha contra el fraude fiscal incluye la rebaja de los recargos que establece la Agencia Tributaria para la presentación extemporánea de rentas y capitales fuera de plazo y no detectadas por el fisco. La ministra ha defendido que el Gobierno aplica la «lógica» y el «sentido común» al recargo que aplica la Administración Tributaria cuando hay una demora en el pago de impuestos, para que «no sea lo mismo que un contribuyente pague al día siguiente a que pague dentro de dos años».
Los defraudadores pagarán menos por regularizar su situación si se termina aprobando la nueva ley de lucha contra el fraude fiscal que aprobó el Gobierno el pasado viernes, que en estos momentos se encuentra en audiencia pública.
La reforma de la Ley General Tributaria, que fue anunciada como un veto a las futuras amnistías fiscales, ha retocado el régimen de los recargos por extemporaneidad. Es decir, las sanciones que impone la Agencia Tributaria por la liquidación de impuestos fuera de plazo, en rentas y capitales de las que no estaban advertidos los contribuyentes y que suelen estar fuera de la órbita de Hacienda.
El Gobierno ha establecido un nuevo sistema de recargos crecientes del 1% por cada mes completo de retraso sin intereses de demora hasta que haya transcurrido el periodo de 12 meses de retraso. A partir del día siguiente del transcurso de los doce meses citados, además del devengo del recargo del 15%, comenzará el devengo de intereses de demora. Ahora mismo, la el recargo es del 5% los tres primeros meses; del 10% hasta los seis meses, y del 15% a partir del séptimo mes del primer año.
Asimismo, en la nueva normativa se excepciona de dichos recargos a quien regularice una conducta tributaria que lo haya sido previamente por la Administración tributaria por el mismo concepto impositivo y circunstancias, pero por otros periodos, no habiendo sido merecedora de sanción, siempre que se regularice en un plazo de tres meses desde la notificación de la liquidación.
En las liquidaciones derivadas de declaraciones presentadas fuera de plazo sin requerimiento previo no se exigirán intereses de demora por el tiempo transcurrido desde la presentación de la declaración hasta la finalización del plazo de pago en período voluntario correspondiente a la liquidación que se practique, sin perjuicio de los recargos e intereses que corresponda exigir por la presentación extemporánea.
En declaraciones a La Sexta, en la que ha explicado que en la nueva ley de lucha contra el fraude fiscal se aplicará la «lógica» y el «sentido común» al recargo que aplica la Administración Tributaria cuando hay una demora en el pago de impuestos, para que «no sea lo mismo que un contribuyente pague al día siguiente a que pague dentro de dos años».
Montero ha recordado también que la nueva ley en materia de lucha contra el fraude fiscal prohíbe las amnistías fiscales para evitar que se produzcan situaciones «vergonzosas» como las producidas, a su juicio, con la amnistía fiscal de 2012 del PP.
La nueva ley de lucha contra el fraude fiscal, acordada por el Gobierno con Podemos y recogida en el plan presupuestario, añadirá a la lista de morosos de la Agencia Tributaria los responsables solidarios y reducirá el importe de deuda para ser incluido en la lista a 600.000 euros, frente al importe de millón de euros actual, al tiempo que reducirá a 1.000 euros los pagos que empresarios y profesionales pueden realizar en efectivo en el seno de su actividad.
También prohíbe las amnistías fiscales, establece un mayor control tributario de las criptomonedas y la prohibición de fabricación y distribución del ‘software de doble’ uso para evitar falsas contabilidades.
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