Los despachos de abogados no cierran la puerta a que los usuarios de un contrato hipotecario puedan reclamar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) a pesar del cambio de jurisprudencia del Tribunal Supremo del martes.
De hecho, la falta de quórum de la totalidad del Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del órgano judicial se ve como una vía de enganche en la que amparar las demandas. Los bufetes especializados en este tipo de reclamaciones aseguran que, tras el nuevo giro del Supremo que marca que el cliente debe seguir pagando la tasa hipotecaria, quedan abiertas dos vías, la civil y la de Europa.
Concretamente, según informan a este diario, los clientes pueden acudir a los juzgados de instrucción bajo el argumento de que el banco les impuso el pago de la tasa dentro de una cláusula abusiva en la que se determinó que el prestatario debía hacerse cargo de todos los gastos de la hipoteca. A pesar de que el alto tribunal ha cambiado la jurisprudencia, seguirla no es una obligación de los jueces, y los magistrados de lo civil pueden determinar que la cláusula es abusiva y exigir la devolución del dinero.
De hecho, la sentencia del Supremo del 16 de octubre sigue siendo firme, lo que significa que el artículo 68.2 de la normativa del impuesto AJD que decía que debía afrontarlo el cliente continúa siendo nulo por ilegal.
Así, según los despachos, los magistrados de lo civil también pueden ampararse en la nulidad de este artículo para dar la razón a los usuarios, en los argumentos del propio fallo judicial de dicho día e incluso en los alegatos que los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo a favor de cargar el impuesto a las entidades financieras expusieron este martes. «La jurisprudencia ha cambiado y puede volver a cambiar», asegura un reconocido abogado especializado en estos asuntos.
Por otro lado, precisamente por la controversia que ha levantado la actuación del Supremo respecto al impuesto hipotecario, también cabe la posibilidad de que, finalmente, se plantee una cuestión de prejudicialidad a Europa.
Precisamente, la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España (Adicae) ya anunció el martes que elevará el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Esta situación ya se dio en el caso de las cláusulas suelo, donde el Tribunal Supremo cerró la puerta a la retroactividad de las devoluciones, pero Europa, en diciembre de 2016, no respaldó el fallo del órgano judicial español y sentenció lo contrario. De hecho, los expertos aseguran que el TJUE tiende a estar del lado de los consumidores.
Aunque la decisión del alto tribunal cierra la puerta a las demandas masivas y a la creación de un mecanismo de devoluciones similar al que se puso en marcha con las cláusulas suelo, desde la banca aún perciben las demandas judiciales como un riesgo puesto que consideran que la actuación del Supremo de las últimas tres semanas «ha abierto el melón», según informan fuentes del sector financiero.
No obstante, estas mismas fuentes aseguran que para conocer el alcance real de los riesgos a nivel de litigiosidad a los que se enfrenta la banca aún hay que esperar a que el alto tribunal publique la sentencia del martes, que puede tardar días. El Supremo no hizo ningún comunicado oficial ni publicó el fallo después de más de 16 horas de reunión repartidas entre el lunes y el martes.
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