Más transparencia, más control, más gobierno corporativo. Las nuevas normas anticrisis que llegan a los bancos y a las empresas cotizadas tratan de prevenir, con la lógica de que es peor curar. La última afecta a las compañías que están e Bolsa, que tendrán el derecho a conocer la identidad de todos y cada uno de sus accionistas. Podrán conocer el nombre y los datos de todos aquellos que posean un 0,5% o más de su capital. Y existe la posibilidad de que ese porcentaje se reduzca e incluso de que desaparezca por completo. Todo depende de la trasposición de una directiva que debe estar lista el próximo mes de junio.
Los accionistas deben informar ahora a la CNMV cuando alcancen el 3% de una empresa cotizada, y después cuando lleguen al 5% y sus múltiplos (10%, 15%, 20%…). Si el accionista reside en un paraíso fiscal, el porcentaje baja al 1% y sus múltiplos (2%, 3%, 4%…).
Esos umbrales no cambiarán de cara al supervisor, pero sí de cara a los registros en poder de las empresas cotizadas. “Los intermediarios [bancos, sociedades y agencias de valores] deben estar obligados, a petición de la sociedad, a comunicar a esta la información sobre la identidad de los accionistas”. En teoría, para facilitar el ejercicio de los derechos de los accionistas y su implicación, pero también da poderes adicionales a las empresas. Estas conocerán a discreción cuáles son sus accionistas.
La normativa prevé que cada país limite este poder cuando los inversores posean únicamente un pequeño número de acciones. Pero esa limitación solo se podrá aplicar a accionistas con menos de un 0,5%. España deberá comunicar al coordinador de las comisiones europeas de valores, ESMA, si limita la identificación a aquellos que posean más de un determinado porcentaje.
La identificación es “particularmente importante en situaciones trasfronterizas y en caso de que se utilicen medios electrónicos”. Así, quedarán obligados a informar los intermediarios que “no tengan su domicilio ni su establecimiento en la UE”.
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