El Gobierno ha publicado en el BOE los cambios legales anunciados el pasado viernes sobre el mercado del alquiler. El más destacable es el aumento de la duración de los contratos, que pasa de un mínimo de tres años a cinco años. Los contratos que se firmen mañana ya estarán sometidos a este nuevo plazo, puesto que es cuando la norma entra en vigor, según establece el BOE. El texto legal especifica también que los contratos anteriores a la entrada en vigor de la norma estarán sujetos al régimen jurídico previo, es decir, seguirán con contratos de tres años.
También se amplía el plazo de la prórroga tácita de uno a tres años. El real decreto modifica así la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y revierte la reforma introducida en 2013 por el Gobierno de Mariano Rajoy. El Gobierno limita además las fianzas a un máximo de dos mensualidades, y fija que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato corran a cargo del casero cuando éste sea una persona jurídica.
Respecto al alquiler turístico, el Gobierno lo saca de la LAU y pasa a ser regulado por la normativa de actividad turística de cada comunidad autónoma. Se modifica, igualmente, la ley de propiedad horizontal para que las comunidades de vecinos puedan limitar este tipo de alquileres por mayoría de tres quintas partes de los propietarios en vez de por unanimidad, tal y como se requería hasta ahora. También se prevé que se pueda exigir a los propietarios que realicen actividades turísticas una mayor aportación a los gastos de la comunidad.
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