Los contribuyentes que cobraron prestaciones de maternidad o paternidad en el 2016 y 2017 ya pueden solicitar desde este miércoles la devolución del IRPF correspondiente, según ha explicado la Agencia Tributaria en un comunicado. Hacienda estima que se reintegrarán unos 1.200 millones de euros a más de un millón de madres y padres, con un importe medio de 1.600 euros en las prestaciones de maternidad y 383 euros en las de paternidad.
Ante la sentencia del Tribunal Supremo que declaró exentas de tributación las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, el Ministerio de Hacienda puso en marcha un mecanismo para reclamar la devolución de los años no prescritos, en el que incluyó también los permisos de paternidad.
Así, quienes cobraron prestaciones de maternidad o paternidad en el 2014 o el 2015 pueden solicitar la devolución del IRPF desde el pasado diciembre. La Agencia Tributaria ha cifrado en 672.746 el total de peticiones de reintegro recibidas por dichas prestaciones hasta el 31 de diciembre. Por lo que respecta a quienes lo hicieron en el 2016 o el 2017 pueden reclamarla a partir de este miércoles 2 de enero. El Ministerio de Hacienda se ha comprometido, en un comunicado, a que las devoluciones se iniciarán «en los próximos días».
Los contribuyentes que hayan cobrado prestaciones en el 2018 no tienen que hacer ningún procedimiento, ya que presentarán la declaración de la Renta de ese ejercicio en el 2019 y ya figurarán como rentas exentas.
Los colectivos no integrados en el régimen de la Seguridad Social, como empleados públicos y autónomos, también podrán reclamar las devoluciones por el mismo sistema. Así lo habilitó el Gobierno a través de un decreto ley aprobado en el último Consejo de Ministros del 2018, celebrado el 28 de diciembre. El Ejecutivo socialista consideró que la sentencia del pasado 3 de octubre del 2018 del Tribunal Supremo, que declaró exentas dichas prestaciones para el colectivo de asalariados, incurría en una «discriminación difícilmente justificable», según trasladó en un comunicado.
Ambos colectivos pueden utilizar el mismo proceso que el resto de contribuyentes para solicitar la devolución del IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017. Para reclamar la devolución, la Agencia Tributaria ha habilitado un formulario específico online en su página web en el que se debe indicar el año en que se percibió la ayuda y un número de cuenta bancaria, sin necesidad de adjuntar documentos adicionales. También es posible solicitarlo en papel.
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