El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha acordado modificar la duración del permiso de paternidad del que los jueces podrán disfrutar por nacimiento de hijo, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de cuatro a cinco semanas.
De esta forma, el CGPJ adapta la previsión contenida en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece permisos de cuatro semanas, al contenido del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, que contempla una duración de cinco semanas, ampliables en supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo.
El Pleno del órgano de gobierno de los jueces ha aplicado por primera vez la obligación recogida por la LOPJ (art. 373.7) tras la entrada en vigor de su última reforma, el 30 de diciembre de 2018. Dicho precepto obliga al Pleno del Consejo a adaptar de manera inmediata cualquier modificación que suponga mejora en materia de conciliación, permisos, licencias y cualquier otro derecho reconocido en dicho ámbito, tal y como esté reconocido a otros miembros de la Administración General del Estado.
Asimismo, con el fin de aplicar la modificación del art. 373.4 LOPJ y dado que su entrada en vigor se produjo el penúltimo día del año, el Pleno ha acordado que los jueces y magistrados podrán disfrutar durante 2019 de un permiso de tres días con cargo a 2018. En consecuencia, durante el presente ejercicio les corresponderán un total de siete permisos de tres días cada uno (6 de 2019 y uno de 2018), en los términos previstos por el citado precepto.
El Pleno del CGPJ ha reiterado, de acuerdo con la decisión adoptada por la Comisión Permanente el pasado 10 de enero, que los días adicionales de vacaciones previstos en el art. 371.1 LOPJ correspondientes al ejercicio 2018, puedan ser disfrutados por los miembros de la Carrera Judicial durante el año 2019 como consecuencia de la entrada en vigor de la reforma de la LOPJ el 30 de diciembre de 2018.
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