El Gobierno ha renunciado a aprobar su contrarreforma laboral en tiempo de descuento, pero ya ha validado en precampaña dos Decretos sobre igualdad y protección social que están resultando de más calado de lo esperado para las empresas. Los despachos de abogados están recibiendo un aluvión de consultas por las dudas y la incertidumbre que les plantean las nuevas normas, que modifican de forma sustancial el marco salarial y de la jornada y que abocan a renegociar convenios y a una oleada de pleitos.
Alfredo Aspra, socio director de Laboral de Andersen Tax & Legal, traslada que están recibiendo una «avalancha de consultas sin parangón» ni siquiera cuando se aprobó la reforma laboral de 2012. Aspra destaca el impacto del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, que permite la distribución irregular de la jornada en pacto individual de cada trabajador con la empresa. También subraya las dudas que genera entre las compañías la protección de datos en el caso del registro horario.
Antonio Pedrajas, socio director de Abdón Pedrajas, traslada que las empresas detectan «mucha inseguridad jurídica» y temen el periodo de elecciones y de incertidumbre en la formación de gobierno ante unos Decretos con medidas que ya están en vigor. Augura un alud de pleitos por los cambios en la jornada que plantea el citado artículo 34, «que cambia radicalmente el planteamiento, en el que entra incluso el teletrabajo» y que, «si no hay negociación», desembocará en miles de procedimientos en los tribunales.
Pedrajas también llama la atención sobre el impacto de las modificaciones sobre el periodo de prueba y los despidos objetivos en los que entra el derecho de conciliación, ya que la empresa debe demostrar que se producen por una causa diferente y si no lo hace, serán nulas, lo que modifica el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores. Este abogado constata las dudas sobre cómo plantear la carta de despido y augura más litigiosidad por este motivo.
Este cambio, además, añade, se produce cuando el Tribunal Supremo estipuló en 2017 que no cabe incluir en el despido individual criterios de selección del trabajador, y cuando el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) respondió al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que las embarazadas no tienen prioridad en los despidos colectivos. «La empresa va a tener que explicar por qué elige a estos trabajadores y no a otros», avisa. Los planes de igualdad también generan inquietud, pero necesitan desarrollo reglamentario, dice.
Íñigo Sagardoy, presidente de Sagardoy Abogados, también apunta a la incertidumbre que genera la entrada en vigor muy variadas de la catarata de medidas, con lo que advierte de que «no es fácil de organizar para las divisiones de Recursos Humanos y supone un coste».
«Las empresas se están dando cuenta de que las medidas son muy potentes, cambian muchos aspectos de ámbito laboral», refrenda Sagardoy, que también destaca el cambio trascendental sobre el derecho que nace para cualquier trabajador a adaptar su jornada trabajo en función sus necesidades de conciliación.
Helena Monzón, abogada de Fieldfisher Jausas, señala la «ambigüedad del registro horario», que genera dudas cuando el Supremo lo había descartado, y alerta de que para la Inspección Trabajo es una nueva infracción que va a comprobar desde el 12 de mayo. Quienes no tenían registro alguno, buscan un proveedor del servicio, explica.
Fermín Guardiola, socio de Baker McKenzie, da fe de un alud de consultas sobre qué «sectores y categorías quedarían fuera del registro horario» y augura gran litigiosidad.
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