Los bancos tendrán que calificar como morosidad «significativa» cualquier deuda impagada de un cliente particular desde 100 euros, lo que podría conllevar un aumento de las provisiones y un refuerzo de su solvencia por el tratamiento contable de las insolvencias. Este hecho, además, llevará a las entidades a tener que hacer hincapié en todos los procesos legales a su alcance para poder recuperar el dinero y mitigar las consecuencias, como la ejecución de garantías si las hubiera o alcanzar acuerdos con los usuarios, además de incluirlo en el fichero de morosos o de iniciar una reclamación por la vía judicial.
El Banco de España ha puesto a consulta hasta el próximo 26 de abril la circular en la que se fijan las reglas sobre los umbrales de significatividad de las obligaciones crediticias en mora para las entidades bajo su supervisión directa, es decir aquellas con menos de 30.000 millones de activos, siguiendo los pasos al reglamento aprobado por el Banco Central Europeo (BCE) a finales del año pasado para los grupos financieros de más tamaño.
En ambos casos se establece que como tarde los bancos tendrán que gestionar los impagos como relevantes desde 100 euros para los clientes minoristas y a partir de 500 euros para las empresas. La legislación abre la puerta a que esta consideración se tome cuando el dinero insolvente sea al menos el 1% de la exposición total con ese deudor sobre el balance de la entidad de crédito, su empresa matriz o cualquiera de sus filiales, excluidos riesgos de renta variable.
Las entidades deberán aplicar el umbral de significatividad y tendrán que notificar al Banco de España antes del 31 de diciembre de 2019 la fecha exacta en la que empezarán a aplicarlo, según sostiene la circular. En el caso de las entidades bajo supervisión del BCE, tendrán que notificar en qué momento iniciarán el nuevo tratamiento antes de finales de junio de este año.
Con la fijación de estos niveles se pretende garantizar una aplicación coherente de los requisitos prudenciales referidos al cálculo del riesgo de crédito y mejorar la comparabilidad de los requerimientos de fondos propios. El sector financiero considerará, como hasta ahora, que se ha producido un impago cuando se hayan dejado de pagar las cuotas durante 90 días consecutivos.
La nueva regla, que procede de un mandato del Parlamento Europeo de 2013, es una vuelta de tuerca más sobre el tratamiento de los riesgos de los bancos, que durante la crisis han sufrido los efectos de la crisis económica y de las insolvencias.
El año pasado entró en vigor la denominada IFRS 9, por la que los bancos tuvieron que hacer provisiones para pérdidas esperadas a futuro, en vez de para pérdidas reales ya sufridas. Esta normativa tuvo un impacto mayor del esperado, ya que sólo para la gran banca española tuvo un coste de 4.400 millones de euros. El mayor impacto de la normativa se debe principalmente, según el Banco de España, al cambio introducido en el cálculo de provisiones para los activos normales en vigilancia. Si hasta entonces se provisionaba teniendo en cuenta las pérdidas incurridas con una presunción de doce meses, desde principios de 2018 se debe dotar con una probabilidad de impago para toda la vida de la operación.
Las nuevas exigencias se producen en un momento en que la desaceleración económica puede provocar un aumento de la morosidad por parte de empresas y familias, tras varios años de bajada de los impagos en nuestro país. Todo dependerá del frenazo que experimente la economía y de la incertidumbre política.
De momento, la banca ya ha dado la primera voz de alarma sobre el parón en la demanda de crédito por parte de empresas y familias que se ha vivido en el primer trimestre del año por la incertidumbre económica, el frenazo de las inversiones y la menor confianza de los consumidores. BBVA advierte en su último informe sobre la situación de España de este nuevo escenario, en línea con otras advertencias ya procedentes del Banco de España y la Asociación Nacional de Entidades Financieras (Asnef) que también han señalado una menor demanda de los préstamos al consumo en los tres primeros meses de 2019.
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