El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), la unidad judicial encargada de resolver reclamaciones tributarias, ha anulado la multa del 150% sobre la cuota del IRPF de la declaración de bienes en el exterior (modelo 720) que la Agencia Tributaria impuso a un contribuyente. La decisión del TEAC abre una fisura al exigente modelo informativo que Hacienda exige a los contribuyentes con bienes en el exterior. Una declaración que está siendo analizada por Bruselas. El Ejecutivo comunitario publicó en 2007 un dictamen motivado contra el modelo 720 porque consideraba que afectaba a la libre circulación de personas y capitales y consideró desproporcionadas tanto su régimen sancionador —con multas de hasta 150%— como su imprescriptibilidad.
Ahora el TEAC considera que la multa impuesta por Hacienda a un contribuyente es nula «por falta de motivación». El ciudadano, un taxista de Granada, declaró fuera de plazo que tenía 340.000 euros en Suiza. La Agencia Tributaria le aplicó a rajatabla la normativa del modelo 720 y le exigió 188.000 euros de cuota de IRPF, por rentas no declaradas. Además, le aplicó la multa del 150% y le reclamó otros 254.000 euros. Es decir, en total le pedía 442.000 euros, según explican los abogados Esaú Alarcón de Gibernau Asesores, y Alejandro del Campo, del despacho DMS Consulting, ambos especializados en estos casos.
El TEAC considera que el hecho de que una norma sea clara y de fácil comprensión, no puede suponer de forma automática la imposición de una sanción. El tribunal exige estudiarlo en cada caso concreto. En el caso del contribuyente de Granada concluye que «la intención de defraudar por parte del contribuyente no ha quedado demostrada, en la medida en que puso en conocimiento de la Administración la existencia de sus bienes en el extranjero».
Esta declaración tributaria fue aprobada por el ex ministro Cristóbal Montoro en 2013 y desde entonces ha recibido numerosas críticas, aunque también ha servido para recopilar una jugosa información fiscal. Desde su entrada en vigor, los contribuyentes españoles y extranjeros residentes con patrimonio en el exterior superior a 50.000 euros han declarados bienes y derechos por importe de más de 141.000 millones de euros. De toda esa información se desprende que Suiza es el país donde los españoles tienen más dinero depositados en cuentas corrientes; Francia donde tienen más casas y propiedades inmobiliarias; Luxemburgo, donde declaran tener más seguros y sociedades de inversiones colectivas, fondos de inversión y las Sicavs.
En sus reflexiones, los abogados celebran el fallo del TEAC, pero critican algunos extremos de la sentencia. «No responde a ninguno de los alegatos formulados por el contribuyente relativos a la más que posible vulneración de diversos principios constitucionales de la regulación de la nueva obligación informativa, como son los principios de seguridad jurídica -la imprescriptibilidad y la retroactividad de la norma-, la tutela judicial efectiva, la presunción de inocencia, la capacidad económica o la confiscatoriedad», señala Alarcón, fiscalista en Gibernau Asesores.
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