La nueva regulación de registro de jornada laboral impulsada este año por el Gobierno está generando serios quebraderos de cabeza al sector empresarial ante la obligación de poner en marcha un novedoso sistema de control del horario de su plantilla. Aunque el sistema está aún pendiente de implantación en el grueso de compañías, los problemas, sin embargo, también afectan ya a las pocas empresas pioneras que lo han puesto en marcha, al menos en el caso de las antiguas cajas de ahorros.
El Ministerio de Trabajo acaba de instar a las entidades financieras adheridas a la Confederación de Cajas de Ahorros (CECA), listado que incluye a CaixaBank o a Bankia, a corregir el flamante acuerdo de registro de jornada que firmaron en septiembre porque incumple algunos aspectos de la nueva regulación y de la Constitución española.
En concreto, el Ministerio ha detectado que el plan de control de horario de los empleados de cajas no permite el acceso a los datos a parte de la representación sindical de la plantilla, concretamente a los delegados, tal y como exige explícitamente la nueva norma.
Así lo acaba de comunicar el subdirector general de relaciones laborales del Ministerio al sector, en un escrito, fechado el 3 de octubre, que conminaba a las entidades a presentar las alegaciones que consideren pertinentes en el plazo de 10 días o a corregir el texto para adecuarlo a la legislación vigente.
El texto del acuerdo de control horario de las cajas, registrado ante la Dirección General de Trabajo el pasado 12 de septiembre, establece que “con carácter mensual la empresa facilitará a la representación legal de los trabajadores, mediante soporte informático (formato hoja de cálculo) el contenido del registro de jornada de las personas trabajadoras del centro de trabajo en el que ejerzan su representación”.
“Además, con la misma periodicidad, se facilitará el registro de jornada de todas las personas trabajadoras de la empresa a las secciones sindicales constituidas en la empresa que alcancen el 10% de los miembros de comités de empresa y delegados y delegadas de personal en el conjunto de la misma”, agrega el documento.
“Sin embargo, observamos que a lo largo del mencionado apartado segundo del punto VI del Acuerdo se omite toda referencia a la posible representación, por medio de un único delegado sindical, de las secciones sindicales de aquellos sindicatos que no hayan obtenido el 10% de los votos en la elección del correspondiente comité de empresa, posibilidad expresamente contemplada” en la ley, alerta el Ministerio de Trabajo en su escrito al sector de cajas.
Powered by WPeMatico