El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea (ECA, por sus siglas en inglés) se ha quejado por el acceso restringido que le ha proporcionado el Banco Central Europeo (BCE) a la hora de consultar documentos confidenciales. El organismo comunitario encargado de fiscalizar la labor del supervisor bancario ha pugnado, por ello, para lograr una mayor transparencia para poder evaluar la conveniencia de las medidas tomadas por éste en el pasado.
En marzo, el BCE desveló que había abierto negociaciones para llegar a un acuerdo con el que subsanar estas deficiencias denunciadas por el Tribunal de Cuentas y abrir más el grifo de la información. Ayer, ambos organismos firmaron un memorando de entendimiento (MoU, por sus siglas en inglés) que garantizará por fin el acceso de los auditores de la UE a cualquier documento que consideren necesario para llevar a cabo su labor fiscalizadora.
«El Tribunal de Cuentas tiene derecho a solicitar y obtener todos los documentos y la información necesarios para sus auditorías sobre la eficiencia operacional de la gestión del BCE», señala el documento acordado por ambas instituciones, que prosigue detallando que será el órgano auditor el que tendrá que elevar sus preguntas y peticiones de forma justificada mientras que, por su parte, el supervisor se compromete a facilitar todos los datos requeridos sin retrasos.
Entre los tipos de documentos confidenciales a los que tendrá acceso el Tribunal de Cuentas, el acuerdo incluye los resultados de los procesos de autorización de nuevas entidades (tanto positivos como negativos), el nivel de significancia de cada institución supervisada, la evaluación de las operaciones de fusiones y adquisiciones, las valoraciones de idoneidad de nuevos ejecutivos bancarios, la aprobación de modelos internos, la opinión sobre los planes de resolución y recuperación, los requerimientos de fondos propios y las decisiones de inviabilidad, entre otros.
Conscientes de que el supervisor trabaja con información especialmente confidencial, el MoU también delimita y detalla las condiciones que se habrán de cumplir para la difusión de los documentos más sensibles. Así, los papeles que incluyan información específica de una o varias entidades solo se podrán revisar en la sede del BCE. «El acceso a ese tipo de información deberá garantizarse en un ambiente controlado», señala el acuerdo firmado ayer.
El número de personas con acceso a los datos en poder del BCE también será limitado. Así lo anticipa el pacto de colaboración alcanzado, que prevé que solo podrán consultar papeles confidenciales «el número estrictamente necesario» de personas designadas por el Tribunal de Cuentas de la UE.
Además, la organización encargada de fiscalizar el entramado institucional comunitario también deberá ofrecer formación específica en protección de datos a su personal designado a estas labores, así como garantizar que, para evitar potenciales fugas de información, sus sistemas tecnológicos y digitales son «altamente seguros y al menos equivalentes» a los estándares de precaución fijados por el organismo presidido por Mario Draghi.
El BCE nombrará un miembro de su Consejo de Supervisión como responsable de establecer la comunicación para el flujo de información, con el objetivo de alcanzar en cada caso particular acuerdos de colaboración «cómodos». Si hubiera desacuerdos con este representante, se establecerá un diálogo entre el presidente del Tribunal de Cuentas y el vicepresidente del supervisor único.
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