El Govern pretende que la reforma fiscal en el IRPF tenga vigencia con fecha 1 de enero 2020 aunque se apruebe unos meses más tarde. Según consta en la ley de acompañamiento que el Govern envió ayer al Consell de Treball Econòmic i Social de Catalunya (CTESC) para su evaluación se detallan los cambios fiscales pactados con los comunes y una serie de medidas para avanzar en la reestructuración del sector público como la eliminación de las fundaciones y los cambios de varias entidades, incluyendo el ICF (Institut Català de Finances).
El anteproyecto de ley de 226 páginas al que ha tenido acceso La Vanguardia se debatirá en el seno del CTESC –donde están presentes sindicatos, patronales y expertos– a principios de año. Aunque el dictamen es sólo vinculante, es un trámite obligatorio para que los presupuestos puedan ver la luz. Algunos de las medidas más destacadas son:
IRPF. Los contribuyentes no notarán nada en la nómina de enero porque la reforma fiscal sólo tendrá vigencia una vez se apruebe la ley. Ahora bien, cuando el Parlamento la valide sus efectos serán con carácter retroactivo. La primera modificación es una rebaja de tributación a los contribuyentes con bases imponibles de menos de 12.450 euros al elevarles un 10% el mínimo vital. Las otras dos son una subida de dos puntos del marginal del tramo autonómico del IRPF a bases imponibles de 90.000 euros (hasta el 23,5%) y de un punto a los de 120.000 euros (hasta el 24,5%).
El Departamento de Economía avanza en la conversión del ICF (Institut Català de Finances) en un banco. Por eso se contempla la creación de la figura de presidente elegido por el consejo de administración. Actualmente ese cargo lo nombra el Govern y no es ejecutivo. En la ley se prevé también aumentar la independencia presupuestaria del organismo para mejorar su autonomía.
SUCESIONES y ITP/AJD. La ley detalla el cambio en sucesiones al aumentar la cuota que pagar por contribuyentes con más de medio millón de patrimonio y modifica el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP/AJD) para algunos casos. En estos dos tributos, el anteproyecto no fija fecha de entrada en vigor, por lo que comenzaría a aplicarse una vez la ley sea aprobada.
La ley de acompañamiento facilita el proceso de disolución de las fundaciones públicas para avanzar en el proceso de reorganización del sector. Asimismo, se profundiza también en la eliminación de entidades consideradas como medios propios.
La Generalitat además de modificar el importe al alza permite que el Ayuntamiento de Barcelona aplique un recargo de hasta 4 euros por noche y establecimiento. La subida más pronunciada se da en los hoteles de 5 estrellas en Barcelona donde la tasa crece de 2,25 a 3,5 por noche.
IMPUESTO SOBRE INSTALACIONES. En la exposición de motivos, el Govern justifica el impuesto como una forma de “compensar” a la sociedad por el “coste que soporta y frenar el deterioro del entorno natural” que representa la instalación de equipos y bienes para el transporte de la energía o de telecomunicaciones.
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