El Ministerio de Justicia ha convocado un proceso selectivo para cubrir 25 plazas del cuerpo de abogados del Estado, tal y como se ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Del total de estas plazas se reservará una plaza para quienes tengan la condición legal de persona con discapacidad con un grado igual o superior al 33%. La plaza reservada para personas con discapacidad que quede desierta no se podrá acumular al turno libre.
La duración máxima prevista para el proceso selectivo es de doce meses. El primer ejercicio tendría que celebrarse en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse la ampliación del plazo.
Conforme a la excepción prevista en el citado artículo, como consecuencia de la publicación del «Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público» el 2 de abril del 2019, el primer ejercicio del proceso selectivo objeto de la presente convocatoria se iniciará en el mes de diciembre de 2020. «De este modo se evita el solapamiento de la finalización del proceso selectivo que se está desarrollando actualmente (Oferta de Empleo Público de 2018) con el derivado con la Oferta de Empleo Público de 2019», recoge el anuncio en el BOE.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, o realizar algún ejercicio del mismo, a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Para poder optar a estas oposiciones, es necesario estar en posesión del título de Licenciado en Derecho o Graduado en Derecho. Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia.
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