Duro revés al sector del taxi. El Tribunal Supremo ha declarado nulos los artículos 1 y 2 del Real Decreto publicado en diciembre de 2017, aprobado por el Gobierno de Mariano Rajo, por el que se regulaba la venta de licencias VTC y se ponía en marcha una web de control en Fomento para los viajes de los vehículos de alquiler con conductor, es decir, los Uber y Cabify.
El texto, que contemplaba la prohibición de la venta de licencias VTC durante los dos primeros años tras su concesión por el órgano competente, fue recurrido por Uber y la CNMC. Con dicha medida, el Gobierno quería “impedir un fraude a la normativa vigente” y quería impedir la especulación de las licencias VTC. El Supremo rechaza ahora esta tesis con su fallo, pues considera que la limitación no buscaba impedir un fraude, «sino interferir en el mercado del servicio de transporte limitando, al menos temporalmente, el incremento de la oferta».
Según el Alto Tribunal, “no queda acreditada la existencia de una razón imperiosa de interés general que justifique la medida limitativa”. Además, añade, «la limitación temporal puede ser considerada desproporcionada”.
En cuanto a la web de control, con la que se pretendía controlar los tiempos de precontratación, el Tribunal Supremo ha considerado desproporcionado imponer esa carga burocrática a las empresas VTC, «pues los datos cuya remisión se exigen van más allá de lo necesario». Igualmente, considera que tener que incluir los datos de los pasajeros es una injerencia en sus derechos y, en ningún modo, se puede posibilitar la creación de una base de datos pública con esa información.
La información que la empresa VTC estaba obligada a remitir a la Administración no solo comprende el itinerario contratado sino también los datos del usuario (nombre y número de DNI o código de identificación fiscal del arrendatario).
En palabras del Supremo, tal obligación “parece superponerse a las obligaciones existentes, en la medida en que incluye los datos personales de los usuarios, información que resulta irrelevante para el fin que se persigue, se considera desproporcionada y «contraria a derecho”. Ahora, tras la sentencia habrá que ver qué ocurre con los registros electrónicos de comunicaciones de los servicios de los VTC, que las autoridades catalanas aprobaron hace unos meses.
Fuentes del sector aseguran que, tras la sentencia, los perjudicados por no poder transmitir licencias VTC podrán pedir daños y perjuicios, y todo lo relativo a la web de control debe anularse. “Entiendo que la web será desconectada por Fomento en ejecución de la sentencia”, dicen. También añaden que ahora cada comunidad autónoma deberá procurarse los medios de control de las VTC en función de su regulación regional o local.
Los derrotados con esta sentencia son Fedetaxi, Antaxi y el Ministerio de Fomento, mientras Uber y Cabify salen reforzados. El Supremo ha dado la razón a Uber, la cual resaltó en su recurso la desigualdad de que eran víctimas las compañías de VTC frente al sector del taxi, al que no se le obligaba a notificar a la Administración ningún detalle sobre sus trayectos. También, argumentó entonces que tras conocerse la sentencia algunas asociaciones del taxi, como Elite, no descartan llevar a cabo nuevas movilizaciones. Otras fuentes dan por hecho que Uber podría acelerar su vuelta a Barcelona.
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