Por último, el Gobierno ha extendido el derecho a acogerse al bono social de electricidad a los trabajadores afectados por despidos y a los autónomos que hayan cesado su actividad o reducida su facturación por la crisis del coronavirus.
En concreto, el Real Decreto-ley de medidas complementarias para combatir el Covid-19 amplía el colectivo de potenciales perceptores del bono social de electricidad al que podrán acogerse, «de manera excepcional y temporal», a todas aquellas personas físicas con derecho a contratar el PVPC (la tarifa regulada), que tengan una renta igual o inferior a determinados umbrales referenciados al IPREM, y que acrediten «encontrarse afectados por medidas de regulación de empleo adoptadas por sus empresas, haber cesado en su actividad profesional como profesionales autónomos o haber visto su facturación reducida en un 75% en promedio respecto al semestre anterior».
En el caso de los umbrales del IPREM van desde 2,5 veces el IPREM de 14 pagas, en el caso de que el titular del punto de suministro no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar; a 3 veces el índice de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar; a 3,5 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar, según consta en el borrador de Real Decreto.
La condición de consumidor vulnerable por la crisis del coronavirus para el derecho a percibir el bono social se extinguirá cuando dejen de concurrir esas circunstancias, estando obligado el consumidor a comunicar este hecho al comercializador de referencia. No obstante, en ningún caso la consideración de consumidor vulnerable por este hecho se extenderá más de seis meses desde su devengo.
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