El BOE ha publicado este miércoles el Real Decreto-ley que amplía del 20 de abril al 20 de mayo el plazo de presentación de la declaración trimestral del IVA y el pago fraccionado de Sociedades e IRPF para autónomos y pymes. La extensión, que afecta a 3,4 millones de pequeños negocios con una facturación de hasta 600.000 euros, ha entrado en vigor con la publicación oficial.
Si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá también hasta el 15 de mayo de 2020. Con independencia del momento de la presentación, todos los cargos se realizarán el 20 de mayo. Incluye también las declaraciones presentadas antes del 15 de este mes. La medida también será aplicable a las Administraciones públicas, si bien en este caso se tomará como umbral de los 600.000 euros el volumen de su presupuesto.
Fuentes del ministerio confirman que el aplazamiento de un mes es complementario a otra medida que ya se aprobó en el real decreto de 12 de marzo de medidas urgente para afrontar el Covid 19 y que permitía a pequeñas empresas y los autónomos aplazar el pago de deudas tributarias de hasta 30.000 euros. Los aplazamientos tributarios, previa solicitud, se concederán por un plazo de seis meses. Durante los tres primeros meses no se devengarán intereses de demora, lo que permitiría a la empresa pagar en ese plazo la deuda sin que se aplique recargo. En este caso, será requisito necesario para la concesión del aplazamiento que el deudor sea persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.
Los aplazamientos se refieren a deudas tributarias que estén en periodo voluntario de pago desde que se publicó el real decreto, el 13 de marzo, hasta el 30 de mayo. La finalidad de ambas medidas, según el Gobierno, es evitar posibles tensiones en tesorería de estos colectivos, por un lado, y tratar de dar más tiempo a empresas y a sus gestores para recabar la información necesaria.
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