El Ministerio de Hacienda achaca la diferencia de 0,19 puntos porcentuales (unos 2.200 millones de euros) entre el déficit público de España del 2,82% del PIB (2,83% si se incluye la ayuda financiera) en 2019 estimado y publicado este miércoles por Eurostat y el 2,64% calculado por el Gobierno hace semanas, a un cambio de criterio en la forma de contabilizar unos Activos Fiscales Diferidos (DTA, en sus siglas en inglés) y por la decisión del Gobierno de agilizar las devoluciones tributarias pendientes para inyectar liquidez a las empresas ante la crisis del Covid-19.
Esta modificación se produce tras el habitual intercambio de información entre las instituciones nacionales y comunitarias, han explicado a Europa Press fuentes del Ministerio de Hacienda, que señalan que la variación del dato de déficit comunicado inicialmente y el publicado por Eurostat se sitúa «dentro de la normalidad». De hecho, recuerdan que el año pasado la oficina estadística comunitaria rebajó en 0,15 puntos porcentuales el dato de déficit de 2018 comunicado inicialmente.
También modificó a la baja el déficit de 2015 y elevó el déficit de 2012 en 0,24 puntos porcentuales, una corrección superior a la producida en el dato de 2019. Inicialmente, las autoridades nacionales imputaron unas DTA siguiendo el criterio de Eurostat de ejercicios anteriores, en los que había considerado que bastaba una resolución administrativa, por ejemplo, de la Agencia Tributaria o del Tribunal Económico Administrativo -un órgano administrativo y no judicial-, para poder imputar un gasto o un ingreso.
Hacienda siguió ese criterio para calcular el dato de déficit de 2019, sin embargo, tras un intercambio de opiniones con Eurostat, la oficina estadística apuntó que en esta ocasión era necesario esperar a la existencia de una resolución judicial.
Este cambio ha afectado al dato de déficit de 2019 en lo referido a qué ejercicio deben computar determinados activos fiscales diferidos. La discrepancia se produce a raíz de la solicitud en 2018 de aplicar la monetización de unas DTAs. La Agencia Tributaria en 2019, como marca la ley, procedió a comprobar la declaración referida a estos activos fiscales diferidos y resolvió en contra de monetizar dichos activos.
Siguiendo el criterio de Eurostat fijado hasta entonces en casos anteriores, se computó ese impacto en el año en el que se produjo la resolución administrativa de la Agencia Tributaria, es decir, en 2019. Sin embargo, Eurostat señala que en este caso no es suficiente una resolución administrativa y es necesario esperar a una eventual resolución judicial. Por tanto, según este nuevo criterio, estos activos no pueden computarse en 2019 porque es una decisión susceptible de ser recurrida en los tribunales.
Powered by WPeMatico