Los planes de reactivación de la actividad judicial, congelada salvo para servicios mínimos y de urgencia durante el estado de alarma, se han flexibilizado en lo que afecta a la habilitación del mes de agosto para compensar el parón anterior. El Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial y las comunidades autónomas con competencias transferidas en la materia han acordado que, si bien parte del periodo se mantendrá como hábil, esas semanas se concentrará menor carga de trabajo. El acuerdo consensuado se ha producido tras la protesta de la Abogacía y los procuradores sobre la medida.
El artículo 1 del Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, en el que se desarrollan las medidas procesales y organizativas para hacer frente al covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, declara hábiles los días 11 a 31 del mes de agosto del 2020, con excepción de los sábados, domingos y festivos, salvo para aquellas actuaciones judiciales para las que estos días sean ya hábiles conforme a las leyes procesales. Se recomienda, sin embargo, a jueces y magistrados que, en esas fechas, limiten en lo posible las vistas orales, sin perjuicio de aquellas que deban celebrarse en atención a su urgencia.
También se ha acordado que se comunique a las partes los señalamientos para agosto «con la suficiente antelación y preferiblemente antes del 15 de junio» y que quede reducido al mínimo esencial la práctica de notificaciones cuyo plazo precluya entre el 11 y 31 de agosto. En cuanto a las vacaciones de los miembros de la carrera judicial, el CGPJ pide a las Salas de Gobierno de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia que aprueben antes del próximo 1 de junio el régimen de permanencia de los jueces y magistrados durante el periodo ordinario de disfrute de las vacaciones.
Se utilizará como criterio, en primer lugar, «la concentración en el mes de agosto del periodo de disfrute de vacaciones de jueces y magistrados para poder intensificar en los meses de julio y septiembre la celebración de juicios y comparecencias». También se tendrá en cuenta que durante el mes de agosto deben quedar debidamente cubiertos las Salas de Vacaciones, servicios de guardia y todos aquellos órganos judiciales que sean necesarios para atender las actuaciones declaradas urgentes previamente por las leyes procesales, ha indicado el CGPJ en una nota de prensa.
La reactivación progresiva de la actividad se inicia esta misma semana. Pese a que los plazos permanecerán suspendidos mientras esté vigente el estado de alarma ya se permite, desde hace semanas, la presentación telemática de escritos. A partir de mañana, 12 de mayo, quedará sin efecto el régimen de turnos presenciales y de disponibilidad y las Salas de Gobierno tienen que restablecer el régimen de presencialidad en general y en varias fases.
En la primera se mantendrá un sistema de prestación de servicio mixto (trabajo presencial y teletrabajo), reduciendo el horario de audiencia pública y limitándolo a los días en que se tengan que celebrar actuaciones presenciales. En todo caso, el régimen de presencialidad general deberá estar implantado en su totalidad el próximo 2 de junio, cuando está previsto el 100 por cien de los efectivos funcionariales. A partir de esa fecha se volverá a evaluar la reincorporación de los miembros de la Carrera Judicial que tuviesen autorizada su exención de régimen presencial por razones de salud. También deberán establecerse previsiones de disponibilidad de los miembros de la Carrera Judicial para el supuesto de que se programen actos de vista y comparecencias en horario de tarde.
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