El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, decidió anoche no esperar más y lanzó un ultimátum al ejecutivo de Díaz Ayuso para garantizar el cerrojazo de Madrid después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anulara ayer el confinamiento de la región ordenado por Sanidad. A última hora de la noche, y tras hablar con la presidenta madrileña para «abordar las alternativas legales existentes» para mantener las restricciones que entraron en vigor el pasado 2 de octubre, Sánchez puso encima de la mesa tres opciones entre las que Díaz Ayuso tendrá que elegir, según informaron fuentes de Moncloa.
La primera, que sea la propia Comunidad de Madrid la que dicte una orden recogiendo las medidas restrictivas que Sanidad intentó imponer mediante orden ministerial y que el TSJM tumbó ayer. La segunda, que el ejecutivo regional solicite al Gobierno la declaración del estado de alarma para que sean ambas administraciones las que declaren y ratifiquen conjuntamente las medidas en cuestión. Y la tercera, «que sea el Gobierno de España quien declare el estado de alarma sin necesidad de que se formule previamente una solicitud». En otras palabras, o Díaz Ayuso asume las recomendaciones de Sanidad o será el Gobierno central el que se las imponga mediante el estado de alarma. Serían, según explican fuentes gubernamentales, las mismas medidas «que ya se venían aplicando, pues lo único que cambiaría sería el instrumento legal por las que se adoptan; es decir, la cobertura jurídica».
Díaz Ayuso pidió ayer algo más de tiempo y Sánchez se lo concedió hasta primera hora de hoy. La propia presidenta madrileña informó de que «a las 22:15 de esta noche (por ayer) he quedado con el presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, en hablar mañana (hoy). A primera hora nos reuniremos en la Comunidad de Madrid para ver alternativas. Nuestras zonas básicas estaban funcionando y pueden ser lo mejor». En dicha reunión, sobre la que planeará en todo momento la sombra del estado de alarma y la convocatoria de un Consejo de Ministros extraordinario para decretarla, Díaz Ayuso buscará «pactar una solución que beneficie a los ciudadanos y dé claridad».
La reacción del Gobierno se produjo después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anulara el confinamiento de Madrid ordenado por Sanidad, sumiendo a los madrileños en la más absoluta confusión al levantar las restricciones que entraron en vigor el viernes 2 de octubre, que prohibían la salida de Madrid capital y de otros nueve municipios de la región.
La publicación del auto provocó un terremoto político en el Gobierno y el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ya adelantó en el Congreso que «adoptaremos las decisiones jurídicas que mejor protejan la salud». El propio presidente ya había anticipado desde Argelia que no descartaba el estado de alarma, aunque en ese momento aseguraba que las decisiones se tomarían junto a Madrid. Ayer, cuando trascendió la convocatoria del Consejo de Ministros extraordinario, los técnicos de la Comunidad de Madrid trabajaban en una nueva orden con medidas de restricción que el gobierno regional preveía plantear al Ejecutivo central. De hecho, como gesto hacia el Gobierno, Díaz Ayuso había anunciado su intención de retirar el recurso que planteó el viernes pasado ante la Audiencia Nacional contra la orden ministerial de Sanidad.
El auto del TSJM, al que simplemente se pedía que ratificara la orden de Sanidad a la que Madrid tuvo que adaptarse el viernes, contó con el voto unánime de los seis magistrados de la Sala y denegó la ratificación de las medidas. Contra este auto cabe recurso de reposición ante los mismos magistrados. En el caso de que ratificaran su decisión, se podría presentar recurso ante el Supremo, aunque en este caso la situación parece derivar al cauce más político.
En el auto, que finalmente podría abocar a declarar el estado de alarma, si Sánchez y Ayuso no encuentran otra vía, o a hacer una reforma de la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, se concluye que esta norma no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales».
Asimismo, el TSJ de Madrid recriminaba que supone «una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos» y recalcaba que «el sistema constitucional articula instrumentos jurídicos de diversa naturaleza que ofrecen cauces jurídicos diferentes» para hacerlos «respetuosos con las garantías constitucionales».
La Sala subrayaba que «se está ante un marco legal que difiere sustancialmente del que fue objeto de análisis, coincidiendo con la ratificación de las medidas sobre áreas sanitarias, de 24 de septiembre y 1 de octubre», acordadas por la Comunidad de Madrid que sí fueron avaladas. La Comunidad se amparó en los artículos 1 y 3 de la Ley Orgánica de Medidas Especiales, de 1986, en materia de Salud Pública.
«En consecuencia, se ha venido admitiendo la posibilidad de que, por ley orgánica, e incluso mediante ley ordinaria, se permita la adopción de medidas concretas que limiten el ejercicio de determinados derechos fundamentales, con las matizaciones hechas acerca del ámbito aceptable de intromisión de una y otra en el derecho fundamental», señala. Y ello, «sin necesidad de acudir a la excepcionalidad constitucional que implica la declaración de un estado de alarma y siempre que esta limitación se encuentre suficientemente acotada en la correspondiente disposición legal de habilitación».
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