El límite de velocidad será 30 km/h en la mayoría de las calles en todas las ciudades de España desde finales de la próxima primavera. Otras novedades para 2021 son que los patinetes sólo podrán ir en zonas urbanas y a 25 km/h como máximo, los coches y las motos no podrán superar en 20 km/h el límite para adelantar en vías convencionales, y aumentará de tres a seis la pérdida de puntos por conducir indebidamente con el teléfono móvil y de tres a cuatro por no llevar puesto el cinturón de seguridad o el casco.
Todo ello forma parte de un paquete normativo aprobado este martes por el Consejo de Ministros y que, en conjunto, modifica sustancialmente la legislación de tráfico y circulación, según ha informado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en la rueda de prensa posterior a la reunión. En concreto, se recogen en el anteproyecto de ley que reforma el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial respecto carnet por puntos, con el objetivo de generar un nuevo modelo de seguridad vial alineado con la UE y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para reducir un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico hasta 2030. En un solo día se ha dado luz verde al grueso de los cambios legales en los que llevaba trabajando la DGT durante los dos últimos años.
Lo primero que entrará en vigor -al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE)- es una reforma del Reglamento General de Conductores que rebaja a de 21 a 18 años la edad para conducir camiones con el correspondiente Certificado de Aptitud Profesional (CAP) con 280 horas, y también a 18 años para conducir autocares sin pasajeros y en un radio máximo de 50 kilómetros (en el resto de los casos, se mantienen los 21 años).
Las personas con dificultades asociadas al sistema locomotor podrán conducir camiones o autobuses en determinados casos y previa valoración médica y mecánica individualizada, gracias a los avances en prótesis y vehículos. Además, el permiso B bastará para conducir furgonetas eléctricas hasta 4.250 kilos siempre que el conductor tenga una antigüedad mínima de dos años con esa licencia, con lo que compensa el exceso de peso de los baterías y los depósitos de esos vehículos.
Otra pata del paquete legislativo es un real decreto sobre medidas del tráfico urbano que modifica tanto el Reglamento General Circulación como el Reglamento General de Vehículos. Esa norma fija tres límites genéricos de velocidad en las vías urbanas (actualmente hay uno y es de 50 km/h): 20 km/h para las calles de plataforma única de calzada y acera, 30 km/h para las de un único carril por sentido de circulación y 50 km/h para las de dos o más carriles por sentido.
Esos nuevos límites entrarán en vigor seis meses después de la publicación de ese real decreto en el BOE, lo que podría ser una realidad a finales de la próxima primavera. Y supondría que la mayoría de las calles rebajen el tope de 50 a 30 km/h. «La experiencia nos demuestra que bajar la velocidad de 50 a 30 km/h disminuye cinco veces el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello», comentó Marlaska, antes de agregar que esa medida «no ralentiza el tráfico urbano» y «no impide la fluidez de la circulación».
El real decreto regula los vehículos de movilidad personal (como los patinetes eléctricos), definidos como vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h. Por tanto, quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida.
Los vehículos de movilidad personal no podrán circular por las aceras y por las zonas peatonales. tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos y queda también vedada su circulación en vías interurbanas, travesías, así como autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos. Es decir, solo podrán ir en áreas urbanas. Esos aspectos relativos a patinetes eléctricos y otros vehículos similares entrarán en vigor el próximo 2 de enero.
Además, la DGT aprobará un manual de características de los vehículos de movilidad personal. A los 24 meses de su publicación, será obligatorio tener un certificado para circular con ellos. Marlaska indicó que el año pasado hubo una reducción de casi un 7% en las víctimas en accidentes de tráfico en carretera y un incremento de casi ese mismo porcentaje en cuanto a los siniestros en las ciudades.
El tercer elemento central de lo aprobado hoy es un anteproyecto de ley que reforma algunos aspectos del permiso por puntos que figura en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, cuya entrada en vigor se pospone ‘sine die’ porque deberá volver al Consejo de Ministros para su remisión al Parlamento, que dará luz verde definitiva al texto en una fecha sin determinar.
El Gobierno propone aumentar los puntos a detraer por comportamientos que generan más riesgo para la conducción e impulsar los cursos de conducción segura como fórmula para mejorar la formación vial de los conductores.
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