El texto no contempla transferencias directas a las empresas que desarrollan su actividad en estos sectores, de los más castigados por la pandemia, sino que se centran en una serie de medidas para aliviar sus costes, sobre todo en materia de alquileres o con exenciones de cuotas a la Seguridad Social. «Lo que aprobamos en este decreto Horeca es la forma de expresar ayudas directas de este Gobierno. No tenemos una proximidad que permita dar un cheque a los miles de negocios repartidos por nuestra geografía. Las rebajas de la factura fiscal, o disminuyendo los gastos de personal, son una forma de ayudas directas», ha declarado María Jesús Montero, ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno.
Una de las bases del decreto tiene que ver con los alquileres de los locales. En este punto el Ejecutivo despliega varias opciones según se trate de grandes o pequeños propietarios de inmuebles, esto es, que tengan más o menos de 10 locales bajo su propiedad.
En el caso de los grandes tenedores, el futuro real decreto contempla una reducción automática del 50% en las cuotas de los alquileres de los locales ocupados por pymes o autónomos de estos sectores durante el Estado de Alarma, que estará vigente hasta mayo, siempre que no haya habido un acuerdo de condonación o reducción de las rentas. Otra opción será la de acceder a una moratoria del pago sin penalizaciones ni intereses, y que podría alargarse hasta cuatro meses después de acabar el Estado de Alarma o sus prórrogas, si las hubiera. Los importes se abonarían durante los dos años posteriores a la finalización de esa moratoria. Según el Gobierno se podrán beneficiar 190.000 empresas, de las que 33.000 serán turísticas.
Para los pequeños propietarios se ofrecerán incentivos fiscales, como la deducción en el IRPF de la rebaja en el precio de alquiler que se acuerde. Si perdona el 100% del importe, el propietario se podrá deducir el equivalente a esa cantidad en su declaración. Según cálculos expuestos por la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, esta medida supondrá un ahorro comercial de 324 millones 323.701 arrendadores se podrán acoger a la misma.
Otra de las medidas contempladas tiene que ver con el acceso a liquidez. El Gobierno abrirá un nuevo tramo de 500 millones en liquidez ICO para pymes y autónomos de estos sectores con una garantía del 90% del Estado. En el caso de agencias de viajes y operadores turísticos, podrán utilizar estos fondos para la devolución de las reservas que tuvieron que cancelarse por la pandemia. A esto se suma la medida ya aprobada en noviembre de ampliar un año la carencia de los préstamos avalados por el ICO y por las sociedades de garantía recíproca.
En materia laboral el decreto incluye una ampliación de los sectores “ultraprotegidos” en materia de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), según la normativa vigente entre el 1 de septiembre y el 31 de enero próximo. De esta forma, se amplía a los sectores de comercio al por mayor de bebidas, restaurantes, establecimientos de bebidas, parques botánicos, zoológicos o naturales, la posibilidad de hacer ERTE de fuerza mayor con reducción del 85% de cotizaciones empresariales (si la empresa tiene menos de 50 trabajadores) y del 75% (si tiene más de 50 empleados) durante los meses de diciembre y enero.
El Gobierno calcula que esta ampliación beneficiará a miles de empresas que verán rebajadas las cotizaciones de alrededor de 682.482 trabajadores, con un ahorro de unos 289 millones de euros. Asimismo, se ha ampliado el descuento del 50% de las cotizaciones empresariales de los trabajadores fijos discontinuos de empresas encuadradas en el sector del turismo y del comercio y la hostelería, siempre que estén vinculadas al sector turístico, de abril a octubre de 2021.
Asimismo, los trabajadores que hayan agotado su prestación contributiva por desempleo, su subsidio por desempleo o la renta activa de reinserción entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020, podrán solicitar el subsidio especial por desempleo durante el plazo adicional de un mes a partir de la publicación del Real Decreto-Ley que acaba de aprobar el consejo de ministros.
En cuanto a impuestos, se permite el aplazamiento de las obligaciones fiscales durante seis meses, con tres meses de carencia. «Tanto pymes como autónomos no tendrán que pagar en abril los impuestos correspondientes al primer trimestre de 2021 y podrán aplazarlos hasta octubre», ha dicho Montero, que ha cifrado el impacto potencial de esta medida en 2.600 millones. Se trata de aquellas declaraciones, liquidaciones o autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice entre el 1 de abril y el 30 del mismo mes de 2021, que se trasladarían hasta octubre.
Además, con carácter general, la reducción contemplada para las empresas que tributen el IRPF por módulos pasa del 5% al 20%, y en el caso de hostelería, comercio y turismo al 35%, que ya tendrá vigor en el cuarto pago fraccionado de 2020 y el primero de 2021. De forma adicional, la exención fiscal de los vales de comida se extiende también al teletrabajo, de cara a los pedidos a domicilio que se realicen en ese contexto.
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