En un decreto foral, la Diputación modifica el reglamento de Recaudación y, entre otros cambios, aumenta los plazos de devolución, elimina la exigencia de cuotas mensuales idénticas para cancelar la deuda, y permite aplazar importes de hasta 500.000 euros sin aportar garantías. Estas modificaciones van dirigidas en especial a profesionales, negocios y empresas, y mejoran las condiciones adoptadas en enero de 2020.
Como cambios más destacados, Bizkaia dispensa de garantía el aplazamiento de deudas de menos de 50.000 euros, que se devolverán en 48 plazos mensuales (hasta ahora eran 20.000 euros a reintegrar en 36 meses). Las deudas entre 50.001 y 100.000 euros se devolverán, también sin garantía, en 36 meses (ahora el límite es de 50.000 euros a devolver en 24 cuotas mensuales). Los contribuyentes vizcaínos tendrán 24 meses para reintegrar, asimismo con dispensa de garantía, las deudas de hasta 500.000 euros, que hasta ahora debían devolverse en 12.
El aplazamiento o fraccionamiento podrá solicitarse en 3 ocasiones (2 hasta ahora), y también serán 3 los plazos impagados a partir de los cuales se pierde la eficacia del aplazamiento. El decreto foral modifica además las reglas para la compensación de deudas tributarias con devoluciones de impuestos. A partir de ahora no se compensará cuando estén aplazadas y debidamente garantizadas.
La Diputación ha adaptado en la nueva regulación la directiva europea que neutraliza las denominadas ‘asimetrías híbridas’ como un elemento de la lucha contra la erosión de bases imponibles. Se trata de eliminar la práctica de aplicar una doble deducción por un mismo concepto en dos jurisdicciones distintas.
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