Créditos avalados por el ICO. Economía reservó 3.000 millones de euros como ayudas directas para la reestructuración de la deuda de las pymes, principalmente por causa de la crisis económica derivada del Covid. En las reuniones que han mantenido en las últimas semanas miembros del ministerio y las entidades financieras para regular las vías de reestructuración de deuda, los representantes del departamento que dirige Nadia Calviño han transmitido a la banca que, según sus cálculos, al final de este proceso, que se extiende 12 años, no se agotarán estos 3.000 millones de euros aprobados, explican fuentes financieras.
Este código de buenas prácticas, aunque tiene carácter voluntario, será suscrito por todas las entidades financieras españolas, según explican desde el sector. El código, que ha sido negociado con la banca desde hace meses, cuenta con tres patas de actuación: la ampliación de los créditos ICO de 8 años a un máximo de 12 años, la conversión de los préstamos en créditos participativos, y la tercera pata que protagonizan las quitas en los créditos, y cuya fecha límite para acogerse a ellas, será diciembre de 2022, mientras que para la ampliación de los préstamos avalados por el Estado el plazo finaliza en noviembre de este año.
En estas quitas, que serán voluntarias y negociadas entre el ICO, la banca y la pyme, el Estado asumirá el 80% de ella, mientras que el banco se hará cargo del 20%, tal y como están avalados los créditos. Lo que se pretende es una reducción proporcional de la deuda con aval y la no avalada y como mínimo, las entidades financieras deberán recortar la deuda en el mismo porcentaje que la financiación avalada.
Pero pese a que el Gobierno asume la mayor parte de las pérdidas de las quitas, cree que finalmente las pérdidas no superarán estos 3.000 millones, que en esta ocasión no se repartirán por cupos, como pasó en el caso del reparto de la línea de créditos avalados por el ICO, que fue segmentada según la cuota de mercado de cada banco en créditos. Para llevar a cabo estas quitas debe haber acuerdo de renegociación de la deuda total, avalada y no avalada siempre cuando se hubiera generado entre el 17 de marzo del pasado año y la fecha de publicación del Real Decreto.
Las quitas serán negociadas como última solución en la reestructuración de un crédito, y la condonación de la parte del préstamo estará en función de cada caso. El deudor deberá presentar las cuentas de 2020 negativas y con una reducción de su facturación de un mínimo del 30% frente a la de 2019. La máxima quita será del 50% del principal avalado, aunque se podrá llegar al 75% si la caída de la facturación es superior al 70%.
En cuanto a la conversión de la deuda en capital, aunque en la norma que se aprobará hoy no existe una especificación sobre a las empresas a las que van dirigidas, todas las fuentes financieras consultadas aseguran que el objetivo es transformar deuda en capital solo en las pymes de mayor tamaño, ya que “es casi imposible hacerlo en el caso de un autónomo o de una micropyme, como un bar o una peluquería”, señala como ejemplo un conocido ejecutivo de un banco.
Este código de buenas prácticas contará con una comisión de seguimiento, compuesta por el Tesoro, las asociaciones financieras (AEB, CECA, Unacc y Asnef), ICO, el Banco de España, que estará como observador, y la Dirección General de Política Económica.
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