El departamento jurídico de Amado Consultores, va a comentar un tema sobre el que ha surgido muchas dudas como es la problemática de cómo han de contabilizarse las subvenciones otorgadas para cancelar una deuda, y más concretamente para cancelar los préstamos ICO otorgados a causa del COVID-19, y el reciente criterio del Tribunal Supremo sobre la imputación temporal de la subvención.
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