Las pequeñas y medianas empresas (pymes) que venden productos en otros Estados miembros de la Unión Europea (UE) podrán ahorrar en torno a un 18% de sus costes actuales de cumplimiento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), una vez que entre en vigor la reforma del Impuesto propuesta por la Comisión Europea.
Bruselas considera que las pymes que operan en otros países soportan unos costes de cumplimiento superiores en un 11% a los de las empresas cuya actividad es sólo nacional. Esto resulta un auténtico obstáculo para el crecimiento, ya que las pequeñas empresas representan el 98% de todas las empresas de la UE.
Según la normativa actual, los Estados miembros pueden eximir del IVA las ventas de las pymes a condición de que estas no rebasen un determinado volumen de negocios anual, que varía de un país a otro. Sin embargo, sólo los operadores nacionales pueden acogerse a estas franquicias y las pymes que venden en otros países pierden la posibilidad de acogerse estas medidas de simplificación una vez que han rebasado el límite máximo para la aplicación de la exención.
Ello significa que no existen condiciones de igualdad para las pequeñas empresas que operan dentro de la UE. Por ello, se estipula un límite máximo de 2 millones de euros de ingresos bajo el cual las pequeñas empresas podrían acogerse a medidas de simplificación, tales como una simplificación del registro en materia de IVA, de la facturación y de las obligaciones de llevanza de registros, hayan sido o no exentas del IVA.
Los Estados miembros podrán liberar a las pequeñas empresas exentas del IVA de las obligaciones de identificación, la facturación, la contabilidad y las declaraciones. Además, las empresas con un límite máximo de volumen de negocios de 100.000 euros que operen en más de un Estado miembro podrán acogerse a la exención del IVA.
Estas medidas son paralelas a las aprobadas también por la propia Comisión para remitir al Parlamento Europeo y al Consejo para las empresas que operan a través de comercio electrónico y que tratan de modernizar el sistema de IVA, que data de 1993, antes de que se iniciasen las ventas por Internet.
Se estima que cada año se pierden 5.000 millones euros de IVA en la UE debido al incumplimiento de las ventas en línea transfronterizas. Se prevé que esta cifra aumente a 7.000 millones de euros en 2020. Así, las pymes que venden productos en línea podrán cumplir con todas sus obligaciones del IVA en la UE a través de un portal digital en línea (One Stop Shop), alojado por su propia Administración tributaria y en su propio idioma. Estas reglas ya existen para los vendedores en línea de servicios electrónicos (eservices).
Los grandes mercados en línea se harán responsables de garantizar que se cobre el IVA sobre las ventas en sus plataformas que realizan las empresas en países no pertenecientes a la UE a los consumidores de la UE. Esto incluye las ventas de bienes que ya están siendo almacenados por empresas no pertenecientes a la UE en depósitos -los denominados centros de despacho de pedidos- dentro de la UE, que a menudo vienen a utilizarse para vender productos fraudulentos sin IVA a los consumidores residentes en la comunidad. Las ventas transfronterizas a la UE se tratarán como ventas nacionales por su Administración tributaria.
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