La subida de los precios en 2017 supone una pérdida de poder adquisitivo para los pensionistas (cuyas nóminas sólo se revalorizan un 0,25%) y para gran parte de los ocupados, que tienen su salario todavía congelado.
Pero incluso aquellos trabajadores que disfrutan de cláusulas de revisión salarial conforme al IPC notarán una merma de su poder adquisitivo por la no deflactación de la tarifa del IRPF, esto es, la no adaptación de los tramos del impuesto a la subida de precios, de manera que no se produzca un salto del contribuyente a un tramo superior de la retención, en cuyo caso deberá pagar más a Hacienda.
Al haber permanecido inalterados los tramos del Impuesto sobre la Renta, los contribuyentes sufrirán una subida encubierta del IRPF que provocará la pérdida de unos 870 millones de euros para los contribuyentes este año, en el caso de que sus salarios se hubieran actualizado conforme a la inflación.
Esta merma se debe a que, si bien la subida de los salarios necesaria para compensar la inflación (un 2% de media en 2017) se aplica sobre el conjunto del sueldo, el aumento de impuestos se concentra sobre el tipo más elevado que esté pagando el trabajador, e incluso puede implicar un salto del tipo impositivo.
Por ejemplo, un asalariado que percibiera el sueldo medio en 2017 (23.106 euros al año) y lo viera revalorizado este ejercicio (hasta los 23.568 euros), seguiría pagando lo mismo por la parte correspondiente hasta los 20.200 euros (con un tipo de hasta el 24%), pero la cantidad que tributaría al siguiente tipo (al 30%), crecería un 15,9%, desde los 2.906 euros hasta los 3.368 euros anuales. Con ello, la cantidad total a pagar al Fisco se incrementaría un 3,4%, en lugar de únicamente el 2% correspondiente a su mejora salarial.
Precisamente, este deterioro del poder adquisitivo de los sueldos contrasta con la deflactación de las tarifas que sí que ha tenido en las haciendas forales de las tres provincias del País Vasco, que han ampliado los tramos un 1,5% para evitar que la mejora de los salarios quede por la no deflactación del IRPF.
Las tres diputaciones utilizan esta cifra (el 1,5%, en lugar del 2%), porque es la que corresponde a la subida de los precios en la región el pasado mes de noviembre.
La pérdida de poder de compra no es baladí, ya que la progresividad en frío del IRPF, como se conoce este efecto, se llevaría por delante uno de cada ocho euros de la actualización salarial. O, más aún, el trabajador perdería uno de cada cinco euros de los que ganó con la rebaja de impuestos del año 2014.
Y esta cifra puede llegar a ser más elevada según los niveles de renta. Por ejemplo, quienes ganan más de 35.200 euros al año perderán unos 107 euros al año con la subida de los precios y la revisión salarial, mientras que los que perciben más de 60.000 sufrirán una merma de 203 euros. Pero incluso quienes cobran un salario por debajo de la media perderán una cantidad entre 21 y 34 euros.
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