La comercialización de la deuda sénior no preferente, aquella emitida por los bancos como parte de su colchón de protección en caso de entrada en problemas, debería prohibirse entre pequeños inversores en el Viejo Continente. Esta es la posición tomada por el Parlamento Europeo, que ayer aprobó una enmienda para incluir en el articulado de la nueva directiva de resolución que negocian las autoridades comunitarias.
La deuda sénior no preferente, un producto financiero de reciente creación destinado a proteger a las entidades cuando se encuentren en problemas, es uno de los principales instrumentos empleados por las entidades bancarias españolas y europeas para llenar los conocidos como colchones anticrisis. Este tipo de deuda es más rentable para los inversores porque también es más arriesgada, ya que en caso de que una entidad sufra problemas de solvencia, puede volatilizarse total o parcialmente, y está situada en una posición en el orden de prelación que le da ventaja respecto a la deuda subordinada pero desventaja respecto a los bonos senior preferentes.
La comisión de Economía del Parlamento Europeo decidió apoyar una enmienda presentada por el eurodiputado español Ernest Urtasun, del Grupo Los Verdes, para incluir un nuevo párrafo en la reforma de la directiva de resolución que ultiman los legisladores comunitarios que limita la venta de esta deuda senior no preferente. El párrafo, concretamente, señala que estos instrumentos son considerados «complejos», por lo que se han de reforzar los procesos para limitar los conflictos de interés en relación con la venta de estos productos al gran público.
Fuentes próximas al Grupo Los Verdes señalan que la intención de incluir esta enmienda en el articulado es evitar que se puedan repetir en el futuro comercializaciones masivas de productos financieros complejos como las participaciones preferentes o la deuda subordinada, que en España afectaron a cientos de miles de hogares y provocaron pérdidas millonarias. «Ahora se ha dado un paso que, por increíble que parezca, todavía no se había dado: evitar que vuelva a pasar en el futuro», añaden estas mismas fuentes.«Los Estados miembro deberán asegurarse de que las entidades sean penalizadas por no cumplir sus obligaciones (…) cuando paguen cualquier incentivo o comisión, o proporcionen cualquier beneficio no monetario (…) relacionado con la comercialización de deuda sénior no preferente a inversores no cualificados como profesionales según esta misma directiva», tal y como refleja la enmienda incluida ya por el Parlamento Europeo.
Fuentes parlamentarias europeas explican que esta es ahora la posición defendida por el Parlamento Europeo, si bien todavía la directiva tiene un recorrido por delante para entrar en vigor. La Eurocámara deberá ahora negociar con el Consejo Europeo, que representa a los Estados. En el caso de que esta propuesta tuviera el acuerdo de los mismos, entonces «pasaría a ser legislación europea de obligado cumplimiento para todos los Estados (con un margen de tiempo para trasponerla», añaden estas fuentes.
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