El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un Real Decreto que establece las normas básicas de calidad para la elaboración y que permite aplicar el IVA reducido del 4% a otros panes como los integrales, los de cereales distintos al trigo y los elaborados con salvado.
«Esta norma llega para tratar de mejorar la información que tiene el consumidor porque el pan es un alimento fundamental en la cesta de la compra de los españoles», ha explicado la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde ha señalado que esta normativa conlleva un «importante efecto» en la fiscalidad de estos productos.
Así, entre las novedades se introduce una nueva definición del ‘pan común’, que incluye panes elaborados con otro tipo de harinas distintas a la del trigo, permitiendo así el uso de harinas integrales, de otros cereales, pero, además, incluirá productos más beneficiosos para la salud, demandados por el consumidor moderno.
Agricultura ha precisado que esta nueva definición de ‘pan común’ permite que, a partir de ahora, se aplique un IVA reducido a más productos que hoy en día se consideran de consumo habitual en los hogares, como son los panes integrales, los de cereales distintos al trigo y los elaborados con salvado. De esta forma y gracias a la ampliación de la definición de ‘pan común’, se rebajará del 10% al 4% el tipo de IVA reducido a más tipos de panes.
Esta norma sienta un precedente legal en las normas de calidad de los alimentos, al introducir una fiscalidad positiva, y que garantiza que los ciudadanos adquieran productos de calidad perfectamente caracterizados y etiquetados.
La nueva norma mejora la competitividad del sector español del pan, garantiza la leal competencia entre industrias estableciendo las mismas condiciones a todos los productores, y facilita la innovación atendiendo las nuevas necesidades de los consumidores. Además, garantiza un alto nivel de calidad de los productos y mejora la información que reciben los consumidores, clarificando las denominaciones de venta, así como el resto de información voluntaria que pueden utilizar los operadores.
Otra de las novedades es que contempla requisitos más estrictos para considerar un pan integral, exigiéndose que el 100% de la harina empleada será integral. Para aquellos panes integrales o de otros cereales que no estén elaborados de forma exclusiva con ese tipo de harinas, se tendrá que indicar el porcentaje de harina en el etiquetado.
En el caso de pan de otros cereales, también se incluyen requisitos más estrictos, estableciéndose por ejemplo para el pan de centeno que sea elaborado solo con ese tipo de harina. También se define el pan multicereal.
Además, se concreta la definición de masa madre, que se preserva a un tipo de elaboración que limita el uso de levaduras industriales, y se establecen los requisitos para utilizar la denominación ‘elaborado con masa madre’. En la norma también se define la elaboración artesana del pan, en la que debe primar el factor humano frente al mecánico y los requisitos que se deben cumplir para poder incluir esta mención en el etiquetado de los productos.
Por último y fruto de las negociaciones entre las distintas administraciones, se ha incluido una medida que limita la cantidad de sal que se puede emplear para elaborar el pan común. El consumo medio por persona y año en España en 2018 se situó en los 31,77 kilos y los hogares españoles destinaron el 5,09% de su presupuesto para alimentación y bebidas en el hogar a la compra de pan, siendo el gasto por persona anual es de 76,13 euros.
Por tipos de pan, el más consumido en España es el pan fresco o congelado (80,7%), frente al pan industrial (pan seco y de larga duración que supone el 19,3%).
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