Llega una revolución fiscal que nadie esperaba. No habrá un impuesto digital acordado internacionalmente, sino que la OCDE pretende llegar mucho más lejos: impulsa un gravamen a las multinacionales de todos los sectores que operan con consumidores para que tributen por todos sus beneficios allí donde se generan. Así lo desveló ayer la Organización tras publicar un documento que recoge unas negociaciones que afectan a 130 países y que se han mantenido en la sombra en los últimos meses.
La primera pista llegó en la cumbre del G-7 de finales de agosto, en la que Donald Trump y Emmanuel Macron escenificaron un acuerdo por el que EEUU retiraba su amenaza de imponer aranceles al vino francés e impulsaría lo que entonces se entendió como el impuesto digital de la OCDE a escala global, y Francia se comprometía a retirar su recién aprobada tasa Google.
Pues bien, Estados Unidos, gran enemigo de los intentos de gravar a sus grandes tecnológicas, se ha metido de lleno en el proyecto de la OCDE para transformarlo por completo. No habrá un impuesto digital global, sino una reconfiguración mundial de la imposición directa a las empresas; esto es, del Impuesto sobre Sociedades, en una economía digital y globalizada, que además de a las tecnológicas, afectará a las empresas textiles, de consumo y alimentación, de automóviles, etc. La fiscalidad, ahora sí, busca caminar con los tiempos, tras décadas enquistada en sistemas creados para la economía de 1920.
Con este cambio de paradigma, el tablero se reconfigura y habrá nuevos ganadores, los países con mercados productivos, como EEUU y China, y perdedores como Irlanda, Luxemburgo o Singapur, las jurisdicciones en las que se sitúan quienes quieren reducir su carga fiscal (ver apoyo al final del artículo).
Del lado de las empresas, las perdedoras son casi todas las multinacionales, ya no sólo las grandes tecnológicas. Si bien las empresas de Silicon Valley pueden tener más facilidades para deslocalizar beneficios, esta práctica la realizan en mayor o menor medida empresas internacionalizadas de todos los sectores en una economía, además, en la que se puede tener una actividad relevante en una jurisdicción sin tener presencia física.
Como explica la OCDE, la propuesta, que se ha abierto a información pública hasta el 12 de noviembre y que deberá acordarse en enero de 2020, «cubre ampliamente los modelos de negocio digital, pero va más lejos y se enfoca en los negocios de cara al consumidor», además de empresas de servicios y de venta de publicidad en determinados casos. De momento, sólo quedan excluidas las «industrias extractivas» (petróleo, gas, minería), es decir, quienes tienen una actividad física inevitable.
El informe menciona también la posible exclusión de las materias primas, sin descartarlas por completo. Y plantea que la banca podría estar incluida. Cabe recordar que el impuesto indirecto que planea España, a imagen del que proyectó la UE y el que tiene Francia, es indirecto y sólo grava el negocio digital -entendido como publicidad online, intermediación y venta de datos- de tecnológicas y medios, con lo que deja fuera al sector financiero, y al gran consumo (textil, alimentación, etc.).
El umbral para estar incluido en la propuesta de la OCDE es que el grupo tenga una facturación mundial de 750 millones de euros, el mismo que el llamado country by country report o strip tease de la actividad de las multinacionales en cada jurisdicción al que la OCDE les somete desde 2017 -uno de los topes de la tasa española-. Sociedades que consoliden con el grupo, incluidas start up, con facturación inferior, quedarán afectadas.
La parte más compleja de la propuesta es el hecho imponible, que no será la actividad digital, sino el beneficio asociado a intangibles de márketing. Hay tres escalones. Primero se gravará a las empresas que estén o no estén en una jurisdicción en la que tengan ventas y usuarios, en una base que se determinará restando a su beneficio consolidado las actividades «rutinarias», y a lo que quede, se le sustraerá a su vez el beneficio tecnológico y de intangibles. Lo que queda y se gravará será el beneficio de intangibles de márketing (como las marcas).
En segundo lugar, las empresas que sí estén en una jurisdicción, tendrán un segundo gravamen por las actividades «extra» de distribución y márketing que allí desarrollen. Y las mismas empresas podrán tener un tercer gravamen si tienen más funciones e intangibles en el país en que están. Estos dos últimos escalones, que se determinarán y acordarán con cantidades fijas a consensuar según el país, el sector y la actividad, se imponen a cambio de que las Administraciones Tributarias de cada país se comprometan a no inspeccionar a las empresas por estas cuestiones, es decir en aras de la seguridad jurídica, otra petición de EEUU. A nadie se le escapan las dificultades que esperan a esta propuesta, pero el aval de Trump podría suavizarlas.
En su particular guerra comercial en el ámbito fiscal, Estados Unidos siempre ha insistido en que la ‘tasa Google’ europea, y sus réplicas casi idénticas en Francia y España, atacaban injustamente a sus grandes tecnológicas.
Según la Oficina de Comercio de EEUU, «la estructura del propuesto nuevo impuesto, así como las declaraciones hechas por funcionarios sugieren que Francia esté dirigiendo injustamente el impuesto a ciertas compañías tecnológicas con sede en Estados Unidos». La investigación abierta por el Gobierno de Trump a Francia era del mismo tipo que la que llevó a la guerra arancelaria entre Washington y Pekín y tenía como objetivo determinar prácticas comerciales injustas contra EEUU.
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