Los sindicatos CC OO y UGT han denunciado que la actual regulación impide a los inspectores de Trabajo paralizar la actividad en una empresa cuando esta incumpla las exigencias de prevención de riesgos y las medidas de seguridad contra el contagio por Covid-19. Por este motivo las centrales han exigido hoy que “se articule un procedimiento legal” que habilite a los inspectores de Trabajo y Seguridad Social a efectuar esta paralización de la actividad si constatan que la empresa no garantiza la salud de sus trabajadores.
Según ha explicado el responsable de Salud Laboral de CC OO Pedro J Linares, tal y como está articulado el procedimiento habitual, los inspectores de Trabajo solo pueden comprobar si las condiciones de prevención establecidas para evitar contagios cumplen las exigencias fijadas por el Ministerio de Sanidad. «Pero por criterios internos de actuación», dichos inspectores no pueden hacer nada más que efectuar estas constataciones, ya que se trata de una «alerta sanitaria» y sus competecias son laborales.
Por ello, la secretaria de Salud laboral y Medio Ambiente de UGT, Ana García de la Torre, ha insistido en que existe una competencia sanitaria que impide que la Inspección de Trabajo paralice las actividades pero, sin embargo, el Ministerio de Sanidad no tiene inspectores ni recursos suficientes para realizar las visitas a los centros de trabajo y la Inspección laboral sí los tendría, por eso es necesario que se habilite a los técnicos de este último organismo para efectuar dichas paralizaciones.
Linares, por su parte, ha precisado que el mecanismo legal que se podría articular, daría a los Inspectores de Trabajo la competencia de parar la actividad de una compañía que incumpla las medidas de prevención por el Covid-19 pero que, «a posteriori, sea la autoridad correspondiente, ya se verá si la laboral o la sanitaria, la que tome la última decisión» sobre la situación de la empresa infractora.
Estos dos responsables sindicales también han advertido que los representantes de CC OO y UGT estarán «vigilantes» para impedir que los empleados vuelvan al trabajo en aquellas empresas donde no se garanticen las medidas preventivas contra el contagio por coronavirus, «porque la responsabilidad de garantizar dicha seguridad de los trabajadores es siempre del empresario», han recordado.
Asimismo, han señalado que España «ha transitado de manera abrutpta hacia el teletrabajo», por ello, Linares ha alertado a los empresarios de que «mantener dicho trabajo a distancia de manera estructural, no puede hacerse sin negociación y acuerdos con los representantes de los trabajadores sobre como regularlo». Por su parte, la responsable de UGT ha resaltado: «Hay que seguir dando preferencia al teletrabajo, pero eso no se puede hacer renunciando a todos los derechos de los trabajadores que afecten a la jornada, la conciliación o la salud».
Ambos responsables han facilitado también los datos sobre siniestralidad laboral de enero y febrero de 2020, cuando se produjeron 94.209 accidentes de trabajo con baja laboral del trabajador, tanto en su puesto de trabajo como en el camino de ida o vuelta de él. Esta cantidad supone un 3,7% menos que los dos primeros meses del año anterior. Asimismo el índice de incidencia, que mide la tendencia al calcular el número de accidentados en el mes por cada 100.000 trabajadores protegidos por la Seguridad Social, refleja también un descenso del 5,7%.
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