El Consejo de Ministros también ha aprobado un nuevo supuesto para que los consumidores eléctricos que están aún en desempleo, ERTE, jornada reducida, o con algún miembro de la familia en esas circunstancias o, en el caso de los empresarios, hayan visto reducidos un 75% sus ingresos, puedan disfrutar del bono social. Según han informado fuentes del Gobierno, este supuesto sustituye y amplía la medida que, con carácter excepcional se adoptó con motivo del estado de alarma para frenar la expansión del coronavirus y que permitía solicitar el bono social como consumidor vulnerable a los trabajadores autónomos que hubieran cesado su actividad en una fecha posterior al 14 de marzo, cuando entró en vigor el estado de alarma.
Esta misma medida era aplicable a los autónomos que vieron reducida su facturación al menos en un 75% en relación con el promedio del semestre anterior. En virtud del nuevo supuesto aprobado este martes, serán considerados consumidores vulnerables y podrán tener acceso a un descuento directo en la factura de la luz del 25% las personas en situación de empleo, en ERTE o que hayan visto reducida su jornada laboral por cuidados o, en el caso de ser empresario, afrontar circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.
También tendrán esa consideración de consumidor vulnerable aquellos en cuya unidad familiar algún miembro se encuentre en las situaciones mencionadas. Para solicitar el bono social, los ingresos de la unidad familiar deben ser, en el mes anterior a pedirlo, inferiores a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, en el caso de que el consumidor no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar (11.279 euros).
También podrán hacerlo los que tengan ingresos inferiores a dos veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar (15.039 euros), y 2,5 veces en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar (18.799 euros). Estas ratios se incrementan en 0,5 puntos, en cada caso, si algún miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad superior al 33 %, ha sufrido violencia de género, es víctima del terrorismo o tiene una dependencia reconocida de grado 2 o 3.
Las personas que se encuentren en uno de los supuestos para solicitar el bono social deberán presentar una declaración responsable -incluida en el modelo de solicitud- en el que manifiesten su situación, o la de algún miembro de su unidad familiar, y los ingresos de la unidad familiar. El derecho a percibir el bono social se extinguirá cuando dejen de concurrir los requisitos requeridos para ser beneficiario y el usuario está obligado a comunicar este hecho a la empresa comercializadora en el plazo máximo de un mes.
En todo caso, el derecho a percibir el bono social, en los términos del nuevo supuesto aprobado este martes por el Consejo de Ministros, se extinguirá el 30 de junio de 2021, aunque el perceptor podrá pasar a beneficiarse de otros supuestos del bono social, si cumple con los requisitos necesarios. Si un usuario se beneficia del bono social recogido en el nuevo supuesto que ha aprobado el Gobierno sin reunir los requisitos marcados en la norma, será responsable de los daños y perjuicios que se pudieran producir, así como de los gastos generados.
Más de 1.330.000 hogares son beneficiarios de alguno de los supuestos del bono social y, desde la declaración del estado de alarma, más de 42.000 nuevos hogares han accedido a esta prestación, según los últimos datos disponibles. Cerca de 5.000 autónomos se han acogido al supuesto excepcional creado tras la declaración del estado de alarma.
Por otra parte, unos 145.000 autónomos y empresas se han beneficiado del resto de medidas extraordinarias en materia de energías adoptadas tras la declaración del estado de alarma (reducción de potencia, suspensión temporal de contratos, suspensión de facturas).
Powered by WPeMatico