El Gobierno se guarda un as en la manga para aportar algunos millones más a las arcas del Estado. Las sicavs también están en revisión. Aunque no ha incluido nada al respecto en los Presupuestos, prevé que las que solo sean una herramienta de planificación fiscal de grandes patrimonios tributen al tipo general del 25% en Sociedades, según un documento de Hacienda, frente al 1% que pagan ahora por regla general.
El cuento de Pedro y el lobo es aplicable a las sicavs. En los últimos años, estos vehículos, que tributan en su amplísima mayoría al tipo reducido del 1%, el mismo que el de los fondos de inversión, han estado bajo la amenaza de una reforma que atacaría su estatus. Pero esta nunca ha llegado a materializarse. Esta vez, el Ejecutivo no ha hecho campaña del tema, pero sí incluye su modificación en casos determinados. “En teoría, parece que el Gobierno quiere incluir la regulación en la ley antifraude, pero ésta ya está en trámite parlamentario y no hay ni rastro del tema en el texto”, explica Cristina Mayo, socia de finReg360.
Pero la promesa está negra sobre blanco: “Se otorgará a inspección de la Agencia Tributaria la competencia para comprobar que estos instrumentos cumplen con los requisitos para constituirse en vehículos de inversión colectiva y no en una herramienta de planificación fiscal de grandes patrimonios familiares”, indica Hacienda. “De entrada, no se cuestiona que las sicavs necesiten 100 accionistas para ser instituciones de inversión colectiva, un criterio que mide la CNMV. Pero la Administración Tributaria podría revisar a efectos fiscales el criterio de la colectividad de cara a aplicar el régimen fiscal especial de la sicavs o, en su defecto, el régimen general [25%] del Impuesto sobre Sociedades”, agrega la experta de finReg360.
El truco es que los grandes patrimonios han empleado históricamente este vehículo como una coartada para poder realizar compraventas sin tener que pasar cada año por el IRPF. Controlan la mayoría de la sociedad y el resto son accionistas sin ningún peso. Eso sí, una vez que se rescatan las plusvalías, estas tributan al porcentaje correspondiente, que este año se sitúa entre el 19% y el 23% y que llegará a un máximo del 26% el próximo año para las plusvalías que excedan los 200.000 euros.
En el acuerdo del Gobierno de coalición entre el PSOE y Unidas Podemos firmado a finales del año pasado se especificaba además que se “establecerán requisitos adicionales para la aplicación a las sicavs del tipo impositivo reducido (…)”. Y ponía un ejemplo: que se fije un tope de concentración de capital en manos de un mismo inversor, incluyendo la participación de personas físicas o jurídicas vinculadas. Ahora mismo, un accionista puede tener el 99,9% del capital de una sicav, y los 99 restantes tan solo un 0,1%.
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