El Banco de España prevé que los problemas de insolvencia de las empresas como consecuencia de la crisis del Covid den lugar a un «repunte significativo» de las solicitudes de concurso una vez expire la moratoria concursal el próximo 31 de diciembre. El Gobierno, en el contexto de la crisis económica ocasionada por la pandemia, suspendió la obligación de los deudores de solicitar concurso de acreedores (concurso voluntario) hasta el 31 de diciembre de 2020 e impidió que sus acreedores pudieran realizar la solicitud antes de esta fecha (concurso necesario).
El fin de la moratoria a finales de año se sumará a la «baja eficiencia» de los procedimientos de insolvencia que, según el Banco de España, son demasiado largos (la duración media fue de casi cuatro años en 2019), y son «escasamente» utilizados, tanto en lo que concierne a los concursos de acreedores como a los mecanismos preconcursales por parte de las sociedades no financieras y los empresarios individuales. En un documento en el que analiza los procedimientos de insolvencia, el Banco de España justifica esta afirmación con datos: la tasa de concursos empresariales, que mide el número de concursos entre el total de compañías, fue la segunda más baja en 2006, por detrás de Polonia.
La situación no cambió con la llegada de la crisis de 2008 a pesar del repunte de concursos durante la recesión, pues siguió situándose muy por debajo de la de otras economías desarrolladas. En concreto, mientras que en España se produjeron cerca de 15 concursos por cada 10.000 empresas en 2010, en Japón hubo 88, en Alemania se registraron 89, en Estados Unidos casi 100, en Reino Unido hubo 137 y en Francia se superaron los 200.
La institución explica que estos datos se deben sobre todo a la baja concursalidad de los autónomos y las microempresas (empresas con menos de 10 trabajadores). En el caso de los autónomos, en 2019 hubo 2,2 concursos por cada 10.000 autónomos en España, frente a 31,8 en Francia y 74 en Inglaterra y Gales. En cuanto a las microempresas, en 2019 hubo 9,5 concursos por cada 10.000 microempresas españolas, frente a 104,8 en Francia, es decir, 11 veces menos.
En el caso de empresas con 10 o más empleados, España también presenta tasas concursales más bajas que Francia, 65,8, frente 179,2, de forma que la tasa concursal española es 2,7 veces menor que la francesa en este segmento empresarial. El Banco de España atribuye el escaso uso del concurso de acreedores por parte de autónomos y pequeñas empresas tanto a la «baja eficiencia del sistema concursal», que se refleja en la lentitud de los procedimientos y se debe «al menos parcialmente» a la congestión de los Juzgados de lo Mercantil, como al «reducido atractivo» que tiene el sistema para las personas físicas y los dueños de microempresas por la dificultad para obtener una exoneración de deudas.
Ante el aumento de solicitudes de concurso que prevé que se produzca tras el fin de la moratoria a finales de diciembre, el Banco de España propone una serie de medidas a corto plazo para evitar la «congestión» de los Juzgados de lo Mercantil.
En primer lugar, plantea fomentar el uso de los mecanismos preconcursales, tanto los acuerdos de refinanciación como los existentes para autónomos y pequeñas empresas (AEP), así como explorar la posibilidad de impulsar la participación de profesionales en los procesos preconcursales y concursales mediante un aumento de las retribuciones de los mediadores concursales, la garantía de que los administradores concursarles cobrarán su retribución y la ampliación del turno de oficio al ámbito concursal.
De forma alternativa, añade, podría recurrirse al sistema anglosajón de ‘pro bono público’, a partir del cual un experto judicial (en este caso, un mediador o administrador concursal) realiza su trabajo de forma voluntaria y sin retribución monetaria. A largo plazo, el Banco de España apuesta por dotar al sistema concursal español de más recursos, ya sea mediante la creación de más Juzgados de lo Mercantil o mejorando la capacidad de respuesta de los ya existentes mediante una mayor tecnificación.
También aboga por reducir la duración del plan de pagos, por ejemplo, a tres años y eliminar como condición de acceso no haber rechazado una oferta de empleo. Ve también necesario diseñar mecanismos concursales específicos para microempresas y para autónomos, más ágiles y menos costosos que el procedimiento concursal propio de empresas de mayor tamaño.
Asimismo, recomienda establecer, como hacen otros países, vías rápidas y de muy bajos costes para tramitar y resolver los concursos de individuos con bajos niveles tanto de deuda como de activos y de ingresos mediante la liberación de las deudas tras la liquidación de su patrimonio inembargable.
Powered by WPeMatico