Según fuentes de Unidas Podemos, el acuerdo de vivienda incluye un “impuesto a la vivienda vacía”, que se traducirá en un recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) hasta el 150% que podrán aplicar los ayuntamientos sobre las viviendas desocupadas. Este gravamen afectará a todas las viviendas deshabitadas y dependerá exclusivamente de los consistorios. Madrid, por ejemplo, ya ha dejado claro que no aplicará el recargo.
La norma, a su vez, establecerá una definición de grandes propietarios, que contarán como tal a partir de los 10 inmuebles en propiedad. Para ellos desaparecerán los «beneficios fiscales vigentes», explican estas fuentes sin concretar el detalle. Además, la norma establece una regulación de precios para bajar por ley los alquileres en base al índice de referencia para todos los contratos firmados con grandes tenedores en las zonas de mercado tensionado, un tope que, sin embargo, tendrán que fijar las comunidades autónomas. Fuentes conocedoras de la negociación matizan que esta limitación afectará únicamente a los grandes propietarios que sean persona jurídica.
En paralelo, la ley apuesta por el parque público de alquiler, con una reserva del 30% de todas las promociones para vivienda protegida, algo que también afecta a las grandes empresas del sector. De dicho porcentaje, la mitad irá destinada al alquiler social.
Para los pequeños tenedores, además del recargo en el IBI, se ha acordado la congelación de precios en las zonas tensionadas y el impulso de incentivos fiscales para bajar el precio de las rentas. A la espera de conocer el detalle, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, al presentar el modelo de deducciones el pasado mes de marzo, diseñó un sistema de bonificaciones que oscilaría entre el 60% y el 90%. A la más cuantiosa podrían acogerse los caseros que abaratasen un 10% las rentas del alquiler respecto a un contrato anterior en una zona tensionada.
En otro supuesto menor, también en las zonas tensionadas, los caseros podrían reducirse un 70% de los rendimientos si incorporasen al mercado inmuebles que antes no estuviesen considerados como viviendas habituales. En el supuesto general y no necesariamente en las zonas tensionadas, las bonificaciones alcanzarían el 60% en el caso de que las rentas no sobrepasasen unos topes máximos fijados por una norma jurídica en base al índice de precios oficial. Sumarían un 10% más, hasta el 70%, si los inquilinos fuesen jóvenes de hasta 35 años. También habría deducciones del 60% cuando se hayan realizado obras de rehabilitación o mejora en la vivienda en los últimos tres años que impliquen un desembolso de más de seis meses de renta.
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