El pasado 6 de septiembre, el Consejo de Ministros aprobó mediante Real Decreto-Ley 16/2022 la reforma por la que las trabajadoras al servicio del hogar mejoran sus condiciones laborales.
De este modo se igualan las condiciones laborales de este colectivo al de resto de trabajadores por cuenta ajena en varios ámbitos que te explicamos en este texto de forma sencilla.
Problemática
Las actividades laborales en el entorno doméstico siempre se han caracterizado por varios puntos normalmente:
- Por realizarse dentro del ámbito privado
- Porque los empleadores son personas físicas y no empresas
- Por no estar regularizado este trabajo doméstico como cualquier otro
El hecho de no estar regulado, afecta no solo al colectivo que trabaja en este ámbito a nivel práctico (por ejemplo, no permitiendo derechos como la prestación por desempleo), si no que también afecta a un nivel más teórico. ¿Y cómo? Un trabajo que no está regulado, mantendrá un nivel bajo de valoración en la sociedad.
Nuevo acuerdo:
El nuevo acuerdo rompe con la tendencia para poner en valor el trabajo doméstico y de cuidado de personas dependientes en España. Las principales bases del acuerdo son:
- Cotización y derecho a paro: desde el 1 de octubre de 2022 ya pueden cobrar la prestación por desempleo aquellas personas que al menos hayan cotizado 360 días. Pero comienza a contar desde el 1 de octubre de este año, por lo que, si no se ha cotizado antes en la Seguridad Social, tendrán que esperar a cumplir dicho requisito.
Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2022 los tipos de cotización serán:
- Para desempleo: el 6,05%, del que el 5% será a cargo del empleador y el 1,05 por ciento a cargo del empleado.
- Para el Fondo de Garantía Salarial: el 0,2% a cargo exclusivo del empleador.
En 2023, los tipos de cotización serán los que se establezcan en la correspondiente de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- Despidos e indemnizaciones: el despido a partir de ahora deberá ir acompañado de una causa que lo justifique. Es decir, ya no es posible el llamado desistimiento sin causa justificada y sin avisos con antelación. Y las indemnizaciones son otro punto importante que se ajusta a las previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
Además, los empleados del hogar estarán protegidas ante la insolvencia de las personas empleadoras y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) se hará cargo de las indemnizaciones que correspondan en estos casos.
Guía práctica del empleo en el hogar
En esta Guía de Empleadas de Hogar que ha realizado el Ministerio de Trabajo y Economía Social, junto al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se detallan varias preguntas concretas que seguro es interesante que leas.
Si tienes cualquier duda concreta, en GHL Consultores somos expertos en el área laboral por lo que no dudes en contactarnos.