La UE es consciente desde hace años que el acceso a los mercados es demasiado complicado. Y para rebajar los obstáculos, el domingo entrará en vigor un reglamento que simplifica la elaboración de los folletos necesarios para colocar acciones en una OPV o vender deuda. Las pequeñas y medianas empresas (pymes), entre ellas las españolas, serán las grandes beneficiadas.
La actual regulación sobre la información que una empresa debe poner negro sobre blanco antes de emitir acciones o bonos data de una directiva de 2003, que ha quedado obsoleta, según los expertos consultados. Su adaptación por parte de los distintos países ha dado lugar a una fragmentación del mercado europeo. El reglamento, de aplicación directa, pone fin a esto de una vez y para siempre.
Uno de los sectores que serán más mimados por la nueva regulación será el de las pymes, que en España suponen el 99,8% del total. La normativa sentencia que “el coste de elaborar un folleto normal puede llegar a ser desproporcionadamente elevado y disuadirlas de ofertar sus valores al público”. Para solucionar este problema, se crea un nuevo tipo de folleto, denominado de la Unión de crecimiento.
Empresas de reducido tamaño que no tengan admitidos valores en un mercado regulado (como la Bolsa española) podrán emplearlo. Un reglamento delegado publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el pasado 21 de junio rebaja a la mínima expresión las exigencias de este documento, con un contenido reducido y un orden fijo de presentación de la información. Las compañías que podrán utilizar este documento para salir al mercado son las que cumplan al menos dos de los siguientes criterios: contar con un número de empleados inferior a los 250, un balance que no supere los 43 millones de euros y una facturación inferior a los 50.
También podrán acogerse al nuevo régimen simplificado las empresas que coticen en los denominados mercados de pymes en expansión. Estos son sistemas multilaterales de negociación, como el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). En todo caso, la capitalización media de estas compañías durante tres años no puede superar los 500 millones de euros.
Hay un tercer tipo de ofertas que se podrán lanzar con el nuevo salvoconducto. Las de importe inferior a 20 millones de euros por parte de compañías que no estén en una plataforma alternativa y siempre que tengan menos de 500 empleados.
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