Los trabajadores que hacen servicios mínimos no tienen derecho al salario completo
Los empleados en huelga que realicen servicios mínimos no tienen derecho a cobrar el mismo sueldo que si hubieran trabajado toda la jornada en su horario habitual. En consecuencia, su remuneración debe reducirse en la misma proporción que su jornada laboral. En caso de huelga no resulta por tanto aplicable el artículo 30 del Estatuto…