Las deudas con la Hacienda pública inferiores a tres euros quedarán canceladas en virtud de la resolución de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y la Agencia Tributaria (AEAT) publicada este martes en el BOE.
En esta resolución, que entra en vigor mañana, se acuerda la anulación y se dan de baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones en las que resulte una deuda pendiente de recaudar por un importe inferior a tres euros respecto de las que no se va a continuar la gestión recaudatoria por motivos «estrictamente económicos», dado que su cuantía resulta «insuficiente» para la cobertura del coste que representa su recaudación.
Según la Intervención del Estado y la Agencia Tributaria, la finalidad no es otra que evitar actuaciones recaudatorias que presupongan un «nulo provecho» para la Hacienda Pública o para el cumplimiento de los fines encomendados a la Administración Pública.
«Este es el caso de las liquidaciones cuya exacción genera unos costes superiores a los recursos que potencialmente pudieran derivarse de aquellas», subrayan.
Por todo ello, desde mañana se anulan y dan de baja las deudas de liquidaciones practicadas por la Agencia Tributaria de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por un importe inferior a tres euros a 1 de marzo de 2019, así como las liquidaciones practicadas por órganos de la Administración General del Estado y organismos autónomos cuya gestión recaudatoria en periodo ejecutivo corresponda a la Agencia Tributaria.
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