La norma que ha aprobado la Comisión Europea para permitir la entrada de los Estados en sus compañías, grandes y pequeñas, cotizadas o no, obliga a notificar a Bruselas las intervenciones superiores a 250 millones. El pasado mes de abril, la Comisión Europea abrió la puerta a una posible ‘nacionalización’ eventual y temporal de las empresas que sufren contratiempos económicos derivados de la crisis sanitaria.
Este lunes, el organismo dirigido por Ursula von der Leyen ha decretado cuáles son las condiciones y en qué términos los Estados miembros pueden intervenir en el capital de todas sus compañías, tanto las grandes como las pequeñas, así como las cotizadas y no cotizadas. Para ello, podrán emitirse nuevas acciones, aunque también se permiten los bonos convertibles en capital, así como los préstamos participativos.
Con todo, Bruselas avisa: las ayudas de recapitalización, que ya pueden llevarse a cabo, «solo deberán concederse si no se dispone de otra solución adecuada», recoge la Comisión en un documento. Esta fórmula valdrá, por ejemplo, «para evitar dificultades sociales y deficiencias del mercado debido a una pérdida significativa de empleos».
Entre otros puntos, Bruselas solicitará la notificación de las ayudas a empresas que superen el umbral de los 250 millones de euros, a efectos de evaluarlas individualmente. España era partidaria de bajar esa cota lo máximo posible, frente a países como Alemania, que quería subirla a los 500 millones. Además, las empresas que ya estaban «en crisis» el 31 de diciembre de 2019, no podrán recibir ayudas con arreglo al Marco Temporal. Por último, las ayudas se limitarán a permitir la viabilidad de la empresa y no deberán ir más allá del restablecimiento de la estructura de capital del beneficiario previo a la crisis del coronavirus
El Estado que acceda a intervenir en el capital de una empresa en apuros, explica la Comisión, deberá recibir una remuneración suficiente por los riesgos asumidos al conceder estas ayudas. Además, el mecanismo de remuneración deberá incentivar a los beneficiarios y a los propietarios de las empresas a recomprar las acciones adquiridas por el Estado mediante ayudas estatales para garantizar el carácter temporal de la intervención, que debe prolongarse por un periodo máximo de seis años en el caso de que la compañía cotice en Bolsa, plazo que se amplía por un año en el resto de organizaciones.
Así, los beneficiarios y los Estados miembros «deberán desarrollar una estrategia de salida», en particular en lo que se refiere a las grandes empresas que hayan recibido importantes ayudas de recapitalización por parte del Estado. Si seis años después de la concesión a empresas que cotizan en bolsa, o hasta siete años en el caso de otras empresas, la salida del Estado no está clara, deberá notificarse a la Comisión un plan de reestructuración.
Hasta que el Estado haya salido totalmente, los beneficiarios estarán sujetos a prohibiciones sobre el reparto de dividendos y la recompra de acciones. Además, hasta que al menos el 75% de la recapitalización haya sido rescatada, se aplicará una estricta limitación de la remuneración de los gestores, incluida la prohibición del pago de bonificaciones. Estas condiciones, detalla el documento de Bruselas, también están pensadas para «incentivar a los beneficiarios y sus propietarios a recomprar las acciones propiedad del Estado tan pronto como lo permita la situación económica».
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