Semana caliente en materia laboral. Patronal, sindicatos y Gobierno prevén reunirse la semana que viene para debatir la futura ley del teletrabajo, según han confirmado a EL PAÍS fuentes del diálogo social. El último borrador aclara los límites de la capacidad de control de las empresas sobre los trabajadores y sigue dejando fuera de la regulación al personal laboral de la Administración Pública, un asunto que levanta ampollas en los sindicatos.
La pandemia ha convertido el teletrabajo en otro frente abierto en el diálogo social. Más de tres millones de personas desarrollaron su actividad a distancia de manera habitual en algún momento del confinamiento, un 16,2% del total de ocupados. Y dejaron patente la necesidad de regular con urgencia un formato de trabajo hasta el momento poco difundido en España.
El tiempo juega, sin embargo, en contra. Ante el aumento de los contagios y el fin de las vacaciones para muchos españoles, los agentes sociales prevén volver a reunirse con el Gobierno la semana que viene para buscar un consenso tras la imposibilidad de llegar a un acuerdo antes del receso estival. Fuentes del diálogo social aseguran que la negociación sigue abierta y que hay predisposición al acuerdo.
El último borrador del anteproyecto de ley que está sobre la mesa y que ha sido enviado a sindicatos y patronal introduce algunos cambios con respecto al texto inicial. Se modifica, por ejemplo, el alcance del “derecho al horario flexible”. El texto actual mantiene el componente de flexibilidad, de conformidad con los términos pactados en el acuerdo con la empresa y la negociación colectiva —esta última mención antes no estaba contemplada—, y prevé que una parte de la jornada del trabajador pueda ser de disponibilidad obligatoria.
Fuentes de la negociación explican que el último borrador también introduce una aclaración en cuanto a la vigilancia que la empresa puede ejercer sobre el trabajador —un punto clave para la patronal—, ya que se añade un apartado específico sobre los límites de las capacidades de control por parte del empleador sobre su plantilla. Por otro lado, quedan las salvaguardas para el empleado relativas, entre otras cosas, a la protección de datos, la igualdad de trato y no discriminación con respecto a la plantilla que trabaje de forma presencial o la flexibilización del registro horario.
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