Trabajo dice que la empresa o los trabajadores pueden paralizar la actividad si hay riesgo grave
«Las empresas pueden adoptar medidas organizativas o preventivas que, de manera temporal, eviten situaciones de contacto social, sin necesidad de paralizar su actividad (…) pero si esto no fuera posible, la empresa estará obligada a informar lo antes posible acerca de la existencia de dicho riesgo, o a adoptar las medidas y dar las instrucciones…

